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Un juez anula la licencia municipal a la gasolinera del polígono Tabaza II

El fallo estima ilegal que el surtidor abastezca a clientes ajenos al área industrial con otro situado a 500 metros

 
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Gasolinera de Tabaza cuya licencia ha sido anulada.
Gasolinera de Tabaza cuya licencia ha sido anulada. braulio fernández

Tabaza (Carreño),

Braulio FERNÁNDEZ

El juez de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Gijón número 1 ha decretado ilegal la concesión de licencia de actividad otorgada por el Ayuntamiento de Carreño a una gasolinera en el polígono de Tabaza II en el año 2007. La gasolinera, Gasóleos de Carreño, que lleva dos años desarrollando su actividad, se encuentra a menos de medio kilómetro de otra, lo que ha llevado a los propietarios de la segunda a demandar a la primera y al Ayuntamiento porque asegura que, legalmente, ha de haber más distancia entre ambos negocios.

La sentencia, de fecha 30 de julio y que ha sido silenciada por el gobierno local desde entonces, no fue recurrida por el Ayuntamiento dentro del plazo que ya expiró. El fallo se suma a otras dos previas que también beneficiaban a los demandantes en perjuicio de los intereses municipales, una anulando la segregación de la parcela donde se sitúa la estación de servicio del polígono en el que estaba situada y otra que ratificaba la ilegalidad de la construcción del surtidor. De hecho, sobre dicha gasolinera pesa una orden de ejecución de sentencia para su demolición, lo que podría llevar a sus propietarios a demandar al Ayuntamiento. Esta orden sí ha sido recurrida por los servicios jurídicos municipales.

El juez del Tribunal de lo Contencioso-Administrativo considera que el Ayuntamiento erró al conceder licencia «no supeditada al servicio de una instalación industrial». Es decir, que aunque la licencia se debió circunscribir sólo al servicio de los usuarios del polígono Tabaza II, el municipio no lo hizo, por lo que la responsabilidad recae sobre él. Las licencias como la concedida por el Ayuntamiento «únicamente se permiten cuando están vinculadas a la industria principal», indica el juez en su sentencia.

Dada la cercanía de la nueva gasolinera, menos de quinientos metros de otra gestionada por la empresa Carburantes del Norte, los propietarios de esta última demandaron a la primera. En el fondo de la cuestión se encuentra la prohibición de que una gasolinera ubicada en un polígono industrial suministre carburante a clientes ajenos a la infraestructura industrial. El permiso concedido sí permitía a Gasóleos de Carreño suministrar combustible al público. La gasolinera cuenta también con servicio de restaurante.

El juez declaró ilegal en mayo de 2008 la segregación de la parcela donde se encuentra la gasolinera, en el polígono de Tabaza II, así como la licencia de construcción municipal. Ésta fue concedida el 26 de enero por una junta de gobierno local en la que el PSOE y URAS, entonces en el gobierno, votaron a favor, e IU en contra.

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