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"La sentencia es sólo una victoria moral", dicen los extrabajadores del Matadero

La plantilla de Noreña estudiará el fallo con un letrado al objeto de presentar un recurso para reclamar daños y perjuicios a los administradores

Manifestación de los trabajadores del Matadero Central de Noreña, en Pola de Siero, el verano de 2015. M. N. MORO

Una victoria moral, pero nada más. Así valoran los antiguos trabajadores del Matadero Central de Asturias la sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo que condena a la cúpula de Junquera Bobes, S.A., a siete años de inhabilitación por administrar y/o consentir la existencia de una contabilidad "B" en el macelo noreñense. Una condena que, toda vez que no incluye sanciones económicas por daños y perjuicios y, ni siquiera, el pago de las costas procesales, resulta "insuficiente" a ojos de los trabajadores.

"La inhabilitación es una victoria moral, pero nada más. No vale para nada en tanto en cuanto se aplica a gente que, algunos, ya están hasta retirados", lamenta Alberto González, portavoz del grupo de trabajadores que mantuvo las movilizaciones tras el cese de actividad del Matadero.

El fallo judicial, adelantado por LA NUEVA ESPAÑA en su edición de ayer, decreta la inhabilitación de la gerente del macelo, Ana Presa Río, y del resto del consejo de administración de Junquera Bobes entre los años 2011-2014: María Vigil Menéndez, María Concepción Río Moro, Juan Francisco Baragaña Suárez y la persona jurídica JOA. M.M. RIO, S.L.

A todos ellos se les condena a siete años de inhabilitación para administrar bienes ajenos, así como a representar o administrar a cualquier persona durante el mismo período. Además, el fallo les condena a la pérdida de cualquier derecho que pudieran tener contra la masa del concurso. La sentencia puede recurrirse ante la Audiencia Provincial, una vía a la que podrían acudir no sólo los condenados, sino también otras partes afectadas por el proceso concursal. "Queremos ver bien la sentencia y estudiarla con los abogados, para ver si podemos recurrirla. Al no exigirles que paguen daños y perjuicios, a efectos prácticos, la sentencia no tiene efecto. Lo que se trata es que respondan del daño causado con su patrimonio", sostiene González, que recuerda en que más de 90 familias se vieron perjudicadas por el cierre del Matadero Central.

"Lo primero era que se declarase el concurso culpable, y eso se ha logrado con esta sentencia", añade González, que insiste en que "se trata de que respondan con sus bienes de los perjuicios ocasionados a los acreedores y a los trabajadores". Una tesis que coincide con la de los administradores concursales, que habían reclamado a los miembros del consejo de administración el pago solidario de 2,1 millones de euros.

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