No habrá Copa el próximo miércoles en el Santiago Bernabeu. Así lo decidió ayer el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAD) al rechazar la suspensión cautelar solicitada por el Real Madrid contra su expulsión de la competición acordada por el Comité de Competición de la Federación Española de Fútbol por la alineación indebida de Denis Cheryshev en el partido ida de los dieciseisavos de final contra el Cádiz. El Madrid ganó 1-3 en el Ramón de Carranza.

La resolución adoptada ayer por los ocho miembros del TAD sólo afecta de momento a la celebración del partido del miércoles, a la espera de "resolver sobre el fondo del recurso" (si existió o no alineación indebida del jugador); algo que no abordó al no contar con toda la documentación necesaria.

El Real Madrid solicitó la suspensión cautelar de la sanción y que se jugara el partido de vuelta el miércoles en el Benabéu al considerar "la existencia de un perjuicio irreparable" tanto al club como "a la propia competición", pues de terminar prosperando su recurso "no habría otra fecha disponible para la disputa de dicho encuentro".

El TAD consideró en su resolución que "ésta no es una cuestión que, por sí misma, sea suficiente para causar la irreparabilidad del daño alegado toda vez que existirá la posibilidad de celebrar el partido de vuelta de la eliminatoria en otra fecha posterior, antes de que tenga lugar la siguiente eliminatoria de la Copa del Rey, mediante el acuerdo entre ambos clubes".

"El club respeta esta decisión del tribunal, que implica que no podrá disputarse el partido de vuelta en la fecha prevista", señaló el Real Madrid en un comunicado, en el que indicó que procederá "con carácter inmediato al reintegro del importe de las entradas adquiridas para dicho partido".

Respecto al resto de cuestiones alegadas por el Real Madrid en defensa de la alineación de Cheryshev, el Tribunal apuntó que "no dispone de la totalidad de los documentos que completan el expediente y como consecuencia de ello no está en disposición de poder resolver".

Así, el órgano presidido por Enrique Arnaldo deberá pedir primero el informe del Comité de Competición sobre su resolución y dar un plazo de 10 días tanto al Madrid como al Cádiz para que puedan elevar sus escritos de ratificación o alegaciones.

El TAD aseguró, no obstante, que "resolverá de manera inmediata y sin dilación alguna desde el mismo momento en que se hayan podido completar todos los trámites de audiencia receptivos", y apuntó que de recibir las alegaciones de los clubes antes del miércoles se reuniría ese día, o el próximo viernes.

La resolución del TAD, recogida en el expediente número 241/2015, es "definitiva en vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo", lo que se conoce como la "cautelarísima", con lo que el tema entraría en la vía judicial ordinaria.

Este recurso ya lo ejecutó el Elche el pasado verano cuando recurrió ante la Audiencia Nacional su descenso a Segunda por impagos decretado primero por la Liga de Fútbol Profesional y posteriormente por el TAD.

La Audiencia concedió la medida de gracia inicialmente al Elche, pero en la posterior vista la jueza ratificó el descenso del conjunto ilicitano.

Precedentes. Osasuna ya fue expulsado esta temporada de la Copa por alineación indebida de Unai García ante el Mirandés. El jugador, al igual que Cheryshev, arrastraba un partido de sanción de la anterior temporada y Osasuna no recurrió la decisión del juez de Competición.

En 2001 el Valencia también era eliminado de la Copa entonces por jugar dos minutos con cuatro no comunitarios cuando sólo podían coincidir tres. El ahora entrenador del Real Madrid, Rafa Benítez, era entonces el entrenador del Valencia.