El juzgado de lo social número uno de Oviedo ha condenado a cuatro dirigentes de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CC OO por acoso laboral a un trabajador del sindicato que también fue alto cargo de la misma federación en Asturias. Los dirigentes estatales Francisco Javier Jiménez y Ángel Miguel Pérez y los responsables de la citada federación en Asturias José Antonio Fernández Morán (secretario general) y Mercedes González (secretaria de organización) son condenados a paga solidariamente una indemnización de 15.000 euros a Leandro Álvarez Argüelles.

La sentencia, que puede ser recurrida, es un episodio más de un conflicto que viene de 2012, cuando Álvarez Argüelles, trabajador del sindicato y entonces también secretario de Acción Sindical de la Federación de Servicios a la Ciudadanía, impugnó ante los tribunales los resultados del congreso de la organización por irregularidades en las asambleas previas del sector de carretera. A raíz de aquella denuncia, el congreso tuvo que repetirse. Lo hizo en medio de nuevas denuncias del mismo trabajador y dirigente crítico por presuntas irregularidades.

La dirección que salió del congreso, perteneciente a una corriente contraria a la de Álvarez Argüelles, despidió a éste como trabajador. Ello condujo a un pleito en el que los jueces de lo social anularon el despido y ordenaron la readmisión en 2013. Pero el enfrentamiento no acabó ahí. Como recoge la sentencia, las tensiones no cesaron, con denuncias mutuas entre los dos sectores enfrentados e incluso acusaciones penales. La cúpula de la federación alegó en el juicio por acoso que el conflicto era de naturaleza sindical, no laboral.

La sentencia considera, sin embargo, que, con independencia de las tensiones sindicales, existió una conducta laboral punible de la que son responsables los dirigentes. Álvarez Argüelles denunció que se le privó de hacer las funciones de su puesto y de los medios para realizarlas, que se le instruyeron numerosos expedientes sin motivo y que se le dejaron de abonar retribuciones. El juez entiende que existen pruebas de una actitud de acoso laboral y condena al pago de 15.000 euros de indemnización. El demandante pedía que esa compensación ascendiera a 100.000 euros.