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El complemento económico por incapacidad temporal

Los empleados del Principado cobrarán el 100% del sueldo si están de baja por gripe

Hacienda ampliará los supuestos para poder recibir el salario íntegro

Los empleados del Principado cobrarán el 100% del sueldo si están de baja por gripe

Los empleados públicos del Principado cobrarán el 100% de su sueldo sin acudir al trabajo cuando estén de baja por enfermedades contagiosas como la gripe, el sarampión o la varicela. La Consejería de Hacienda y Sector Público ha presentado a los sindicatos el borrador de la modificación de las prestaciones por incapacidad temporal, en la que se aumentan los supuestos por los que se reconoce el 100% de la retribución del trabajador al incluirse más de 60 enfermedades infectocontagiosas y las que sean consecuencia de supuestos de violencia de género. Los sindicatos están de acuerdo con esas incorporaciones en el listado de enfermedades, pero reclaman más. Quieren que también figuren los procesos traumatológicos o todas las dolencias que afecten a la movilidad del trabajador.

Las actuales instrucciones para la aplicación del complemento a la prestación económica en situación de incapacidad temporal de los empleados públicos del Principado y de sus organismos y entes públicos datan de 2013 y señalan que sólo se garantizarán el 100% de las retribuciones cuando la situación de incapacidad temporal derive de contingencias profesionales; cuando derive de contingencias comunes que generen hospitalización o intervención quirúrgica, o cuando deriven de un embarazo. Además se incluyen otras tres situaciones, "con carácter excepcional y debidamente justificado", que son las incapacidades temporales derivadas de contingencias comunes por enfermedad grave; las que conlleven tratamientos de radioterapia o quimioterapia, y las de empleados públicos con discapacidad reconocida del 33% o superior cuando la situación de incapacidad temporal es consecuencia directa de esa discapacidad.

Los sindicatos consideran insuficiente ese listado y han demandado con insistencia su ampliación. El director general de la Función Pública, José María González Gancedo, se reunió recientemente con los representantes de los trabajadores y posteriormente les presentó un borrador en el que se añaden al listado dos situaciones excepcionales más en las que se reconoce el 100% de la retribución. En primer lugar la incapacidad temporal derivada de contingencias comunes por enfermedades recogidas en los anexos por los que se crea la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica, en los que se incluyen más de 60 enfermedades, entre ellas la gripe, la varicela, la hepatitis, la rubéola, el sarampión, la salmonelosis, la viruela o la sífilis. Y en segundo lugar la situación de incapacidad temporal en que se encuentren las empleadas públicas víctimas de violencia de género.

Los sindicatos están de acuerdo con esos dos añadidos, pero demandan más. Desde UGT se defiende que en todos los casos de incapacidad temporal se abone el 100% y que, al menos, a los dos añadidos se sumen los procesos traumatológicos. USIPA-SAIF destaca que la parte social ya propuso ampliar la lista a otros tipos de supuestos, como el de las enfermedades que puedan afectar a la movilidad del trabajador, y desde CSIF se citan también las secuelas de accidentes de tráfico. Todos los sindicatos demandan, además, que la aplicación tenga efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2018. Fuentes de la consejería de Hacienda señalaron que esa última demanda será asumida y que la próxima semana se convocará la Mesa General de Negociación de la Comunidad Autónoma para tratar de cerrar un acuerdo. Sobre la incapacidad temporal.

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