Eloy MÉNDEZ

l Sentencia de la sección séptima de la Audiencia Provincial.

l Recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

l Firma del contrato del 10 de enero.

l ¿Es válido el contrato firmado el 10 de enero?

l Asamblea del Grupo Covadonga del 28 de abril.

l Reacción de la directiva del Centro Asturiano.

l El CHAS, en escena.

l ¿Cambio de postura?

-Todos estos acontecimientos han hecho creer a los directivos del Centro Asturiano que se ha producido un cambio de postura de la nueva junta del Grupo. Enrique Tamargo, al igual que otros dos candidatos, durante la reciente campaña grupista, se postuló a favor de la fusión. Un mayor conocimiento de la realidad económica del Grupo y del esfuerzo que la fusión supondrá para la entidad, le podrían haber hecho cambiar su opinión inicial.

Exponen y convienen:

En Gijón, a diez de enero de dos mil ocho. Reunidos de una parte don Ángel Cuesta García, mayor de edad, vecino de Gijón, provisto del NIF (...). De la otra, don Juan José García Rúa, mayor de edad, vecino de Gijón, provisto del NIF (...). Comparecen: D. Ángel Cuesta García en su condición de presidente del Real Grupo de Cultura Covadonga y don Juan José García Rúa, en su condición de presidente de la asociación Centro Asturiano de La Habana de Gijón.

b) Para hacer efectivo lo dispuesto en la cláusula segunda del acuerdo de 31 de julio de 2007 relativo al ingreso en el Real Grupo de Cultura Covadonga de los asociados del Centro Asturiano de la Habana de Gijón y ante la posibilidad de que se produzcan solicitudes de ingreso de forma masiva y en período corto de tiempo, el Grupo Covadonga, por razones burocráticas, dispondrá de un plazo de un mes para hacer efectivas cada una de las respectivas solicitudes de ingreso, si bien acordada en su caso las mismas, la antigüedad se referirá a la fecha de la absorción efectiva.

Y en prueba de conformidad, ambas partes suscriben el presente acuerdo, por duplicado, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.