El Tribunal Supremo acaba de dotar de firmeza a una sentencia del Juzgado de primera instancia número 6 de Gijón que obligaba al banco Espírito Santo a devolver a un vecino de la ciudad el medio millón de euros que la entidad había invertido en un fondo de inversión estadounidense que resultó «infectado» por la estafa piramidal cometida por el «broker» Bernard Madoff. Los magistrados del alto tribunal, de acuerdo con sus colegas asturianos, aseguran que el cliente no fue suficientemente informado de los riesgos que corría con esta operación.

El demandante firmó en el año 2006 un «contrato de gestión discrecional e individualizada de carteras de inversión» con su banco. La entidad, en el 2008, recomendó a su cliente mantener medio millón de euros en el fondo que acabaría quebrando, perdiendo el gijonés todo el dinero si que en ningún momento se le hubiera comunicado «la trascendencia económica de su contratación», tal como resaltan los jueces haciendo hincapié en que el gijonés no supo nunca en qué tipo de producto tenía invertido su dinero.

El Supremo concluye su argumentación señalando que «la entidad recurrente hizo correr al patrimonio del demandante un riesgo que éste, contractualmente, no deseaba, y solamente ya este incumplimiento contractual comportaba de por si una falta de la diligencia exigible a todo profesional del sector» que, apuntan los magistrados, tiene entre sus obligaciones frente al cliente «la de protegerle frente a riesgos de su inversión no deseados, entre ellos un posible fraude». De hecho, la condición del contrato que habían firmado entre las partes era que las inversiones se realizaran en «fondos conservadores», es decir, de menores rendimientos económicos pero también aminorando los riesgos y las pérdidas.

El empresario gijonés residente en Somió que había demandado en su día al banco Espírito Santo consigue de esta manera que el fallo judicial que en su día le dio la razón en primera instancia se convierta en firme.