La directiva del Real Grupo Covadonga que lidera Antonio Corripio desde hace un año ha entrado en su momento "horribilis". No sólo no pudieron sacar adelante la asamblea de la pasada semana con sus proyectos y presupuestos para este año, descubriendo así que no contaban con el favor de los socios. Ahora, además, acaba de darse a conocer una sentencia de la sala de lo Civil del Tribunal Supremo cuyo alcance es tan sorprendente como complejo.

Atendiendo a la demanda interpuesta hace cuatro años (16 de abril de 2013) por 227 socios del Centro Asturiano de La Habana, que consideraban lesionados sus derechos al no ser admitidos como miembros de pleno derecho de la entidad grupista -debido al problemático proceso de fusión por absorción entre el Centro y el Grupo- el Supremo ha declarado "nulos los acuerdos de las asambleas generales del Real Grupo de Cultura Covadonga celebradas con posterioridad al 20 de junio de 2011, así como las elecciones a la presidencia del Real Grupo de Cultura Covadonga celebradas el 24 de marzo de 2012". Elecciones en las que resultó elegido, con un segundo mandato, Enrique Tamargo.

La fusión entre el Grupo Covadonga y el Centro Asturiano -por absorción del primero sobre el segundo, que estaba en quiebra- fue un proceso complejo que sólo desde hace un año parecía que empezaba a ser superado, tras ser admitidos de pleno derecho los socios del Centro en el Grupo. Socios que ya están disfrutando de todas las posibilidades que ofrece la entidad del Piles incluida la participación en el proceso electoral de hace un año que dio como vencedor a Antonio Corripio.

Pero los procesos judiciales, que han sido numerosos tanto entre entidades como por parte de socios, no estaban aún cerrados y precisamente este del Supremo llega a enmendar una primera sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Gijón (de enero de 2014) que desestimó la demanda de los 227 socios, y otra posterior de la Audiencia Provincial de Gijón (de abril de 2015) que estimaba parcialmente sus pretensiones.

Pese a que, en un intento de despejar el horizonte de pleitos, hasta el Grupo había dejado de personarse en este recurso ante la más alta instancia judicial, para encauzar la situación y devolver la paz judicial al club -ya con las propiedades del Centro Asturiano asumidas como propias y con sus socios integrados-, el dictamen del Supremo ha seguido su curso. Y entiende, claramente, que la fusión por absorción del Grupo se había consumado a todos los efectos en el año 2011 "pese a lo cual a los socios del Centro Asturiano de la Habana en Gijón no se les había reconocido su cualidad de socios del Real Grupo de Cultura Covadonga", al no habérseles convocado ni a las asambleas, ni haberles permitido el voto en las elecciones de 2012, y "habérseles privado también de la utilización temporal de las instalaciones del Grupo".

El motivo de esa demora que tanto le ha costado al grupo, fue que en el acuerdo de fusión de 2011 se decía que sería efectivo en el momento del otorgamiento de escritura pública, pero la directiva de Enrique Tamargo incluyó una modificación que retrasaba dicha efectividad hasta la inscripción en los pertinentes registros. Y esos se demoraron demasiado tiempo.

El Supremo entiende que "para restablecer a los demandantes en la integridad de sus derechos como socios del Grupo", procede declarar "radicalmente nulos" los acuerdos de todas las asambleas generales que se ven afectadas por el proceso de anulación, así como la elección presidencial.