Hace más de un año que está en vigor un código de autorregulación de la publicidad de alimentos dirigida a menores, que forma parte de la estrategia de prevención de la obesidad y fomento de la actividad física (estrategia NAOS) en la que colaboran el Ministerio de Sanidad y Consumo y la Federación de Industrias de la Alimentación y Bebidas. Hay que tener en cuenta que la obesidad infantil se ha triplicado en España durante los últimos veinte años y este sobrepeso se debe a una mala estrategia en el sistema de alimentación; pero, sobre todo, a una deficiente educación alimentaria de los más jóvenes. El código que se viene aplicando establece un conjunto de normas de orientación para las empresas alimentarias acerca de los mensajes dirigidos a menores a fin de evitar una presión publicitaria excesiva sobre este sector y además fomentar hábitos alimentarios saludables entre la población infantil.

La aplicación de estas medidas se pondera en función de la edad del consumidor, pues cuanto menor es la edad aumenta la credulidad y el grado de vulnerabilidad, siendo necesario aumentar el nivel de protección sobre todo en el segmento de menores de 12 años. El contenido incluye un conjunto de normas éticas que van desde el ajuste de la publicidad a la legislación vigente, la buena fe y los buenos usos comerciales hasta la normativa sobre presentación que debe garantizar que no se produzcan errores sobre los alimentos en este sector de población, por ello los anuncios de alimentos y bebidas dirigidos al público menor de edad deben adoptar precauciones para no explotar la imaginación del menor evitando las presentaciones agresivas, además cuando sea precisa incluir información adicional deberá hacerse en lenguaje comprensible y transparente.

Pero desde hace unas semanas quedó roto el sistema de colaboración por desacuerdos en el modo de presentar algún tipo de publicidad alimentaria, pues se estima que no debe hacerse un llamamiento directo a los menores para que compren los productos anunciados explotando su inexperiencia y creando un sentimiento de inmediatez o exclusividad, además, tanto las características como el precio deben quedar expresados de modo claro y concreto en la publicidad. Aunque el código menciona en algunos casos la educación alimentaría, ésta es una materia que debiera abordarse desde la Administración estatal a través de los departamentos que administran la cadena alimentaria, pues el ámbito alimentario en comida y bebida no puede ser regulado con los mismos criterios tan prohibitivos e intervencionistas como se ha hecho con el consumo del tabaco, por ello se impone la necesidad de elaborar una estrategia ponderada de educación ciudadana que deje a salvo la posibilidad de elección y se base en un sistema de información equitativo, adecuado y eficaz que tenga muy presentes los criterios de la industria agroalimentaria española y su comercialización, para lo cual la Administración cuenta además con una empresa estatal que coordina la red de mercados mayoristas alimentarios (Mercas) y, en gran parte, articula nuestro sistema de comercio alimentario y, que en este ámbito podría jugar un papel de importancia capital; por otra parte, ahora se anuncia que la propia Comisión Europea está ultimando la redacción de un libro blanco sobre nutrición y actividad física, sobre cuyo contenido tienen mucho que decir el sector agroalimentario además de los profesionales en materia médica y nutricional. Por ahora y como garantía de aplicación de estos códigos de conducta existen varias normas sobre aplicación y control del cumplimiento, pero sería interesante conocer el proceso real de seguimiento llevado por la comisión formada por representantes del sector de los consumidores y la Administración.