Pola de Laviana, L. M. D.

La sección número 5 de la Audiencia Provincial de Oviedo ha desestimado el recurso de apelación presentado por el Ayuntamiento de Laviana contra la sentencia que rechazaba su denuncia por la denominada «acción de jactancia». Con esta denuncia el Consistorio pretendía que dos propietarios de Pola de Laviana Sur, en cuyas fincas hay carteles contrarios a la política urbanística municipal, denunciase al Ayuntamiento y que en caso de que no se hiciera, se retirasen las pancartas. La Audiencia Provincial estima que la petición del Ayuntamiento lavianés «cercena el derecho a la crítica, que si bien es molesto, es obligado soportar, recurriendo al artificio de la acción provocatoria de jactancia».

En la nueva sentencia se confirma la primera dictada por el Juzgado de primera instancia número 2 de Laviana, y se establece que la leyenda de las pancartas «se inscribe dentro del ejercicio del derecho a la crítica». La Audiencia también deja claro que «a la libertad de expresión se le otorga un valor preponderante» frente a otros derechos constitucionales, como el del honor -al que apelaba el Ayuntamiento-, y recuerda que este último derecho «es de naturaleza cambiante según los valores o ideas sociales».

El presidente de la Asociación Pola Sur, José Luis Méndez, anunció que el colectivo «se alegra» de la decisión judicial, y quiso dejar claro que «somos una asociación apolítica». Méndez sugirió también al alcalde, José Marciano Barreñada, que dimita, porque «tal y como establece la sentencia, se ha tratado de cercenar un derecho fundamental como es el de la libertad de expresión, un pilar fundamental de la democracia». El presidente del colectivo pidió también a «todos los grupos municipales», incluido el socialista, «que apoyen esta petición de dimisión». Por su parte, el PP de Laviana instó a Barreñada -impulsor de la denuncia- a que «asuma de forma personal las costas del proceso» o que si no, «dimita». La sentencia deja abierta la posibilidad de un nuevo recurso.