El exalcalde de Cudillero y exdiputado regional por el PSOE, Francisco González Méndez, será juzgado este viernes junto a uno de sus exconcejales por prevaricación administrativa en el juzgado de lo Penal número 1 de Avilés. La vista será a las 9.30 horas.

La Fiscalía del Principado de Asturias solicita 9 años de inhabilitación para empleo o cargo público para González y el exconcejal. La vista fue señalada inicialmente el 29 de octubre de 2015 pero fue aplazada.

El Ministerio Fiscal sostiene que el González, en la fecha de los hechos, movido bajo un ánimo de perjudicar a un sargento de la Policía Local, dictó un decreto a fecha de 17 de septiembre de 2009 por el que ordenaba incoar expediente disciplinario contra él por presunto incumplimiento en su obligación relacionada con el traslado y depósito en la oficina de correos local de la correspondencia certificada del Ayuntamiento, a diario y dentro del horario de admisión del correo certificado.

En el decreto se aducía de forma concreta que, por motivo de ese incumplimiento, se había perdido una subvención de 99.000 euros aproximadamente de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras del Gobierno del Principado de Asturias por presentación de la solicitud fuera de plazo. En el mismo se acordaba como medida provisional la suspensión temporal del funcionario expedientado.

La Fiscalía mantiene que el acusado conocía que la solicitud de subvención denegada había sido presentada en plazo, tal y como fue informado por la secretaria del Ayuntamiento, y por ello se redactó el 18 de septiembre de 2009 una reclamación previa firmada por el alcalde o por persona por orden suya dirigida a la Consejería de Medio Ambiente, en la que se afirmaba que la solicitud denegada estaba presentada en plazo, en abierta y clara contradicción con lo recogido en el decreto de incoación del expediente disciplinario.

Según el fiscal, el acusado, movido bajo tal empeño sancionador, nombró instructor del expediente disciplinario a un concejal del mismo partido que el alcalde, actuó en el expediente siguiendo sus instrucciones, contrarias a Derecho. Al mismo tiempo se reunió con agentes de la Policía que, con posterioridad, serían citados a declarar como testigos.

De esta forma, el concejal adoptó a lo largo del procedimiento disciplinario varias decisiones que causaron indefensión al sargento y que suponían un "quebranto de las reglas de juego" o garantías exigibles en el expediente disciplinario.

Se trata de decisiones consistentes en haber impedido la presencia de letrado en la declaración del expedientado, no haber dado a la parte la posibilidad de intervenir en las testificales practicadas y denegar la prueba propuesta por el expedientado pese a que era esencial y útil.

El concejal dictó una propuesta de resolución de 29 de marzo de 2010 en la que proponía la separación del servicio del expedientado, propuesta que fue acogida por el exalcaldde, quien dictó una resolución el 20 de abril de 2010 por la que separaba del servicio al sargento.

El Decreto de 17 de septiembre de 2009 en el que se acordaba como medida provisional la suspensión temporal de funciones del sargento de la Policía Local fue dejada sin efecto por desproporcionada por sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Oviedo, el 23 de febrero de 2010, y confirmada por resolución de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia el 30 de noviembre de 2010.

A su vez, la resolución sancionadora fue anulada por sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Oviedo, el 10 de mayo de 2011, y confirmada por resolución de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de 7 de febrero de 2012.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de prevaricación administrativa del y solicita que se condene a cada uno de los acusados a inhabilitación especial para empleo o cargo público durante 9 años, junto con el pago de las costas procesales.