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Cabrales, queserías en el aire

Una sentencia del Supremo y las contradicciones existentes en el planeamiento local dejan sin soporte legal a varias industrias de transformación láctea

Dorita Díaz, en su quesería en Arenas de Cabrales, una de las tres que se han quedado momentáneamente sin soporte legal. EMILIO G. CEA

La apertura de nuevas queserías en el concejo de Cabrales está en la actualidad en el aire, e incluso varios locales han quedado sin soporte legal, fuera de ordenación, pese a que cuentan con licencia municipal y están a pleno rendimiento. Todo ello se debe a una reciente sentencia del Tribunal Supremo que anuló los cambios introducidos hace dos años por el Ayuntamiento en las normas subsidiarias del concejo para flexibilizar la creación de nuevas queserías. A este revés judicial se unen las flagrantes contradicciones contradicciones que se observan en el planeamiento urbanístico local, aprobado en 2003, en el que un artículo permite abrir queserías en los pueblos, mientras que otro lo prohibe. La situación causa honda preocupación en el sector y entre los dirigentes políticos locales, que buscan salidas a esta delicada situación. Todo indica que solo la revisión global de las normas de planeamiento -ya en marcha- servirá para acabar con la incertidumbre. Pero revisar un plan urbanístico no es sencillo, requiere dedicación, esfuerzo... y tiempo.

La sentencia. El Supremo ratificó hace unos días la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) de anular varios cambios aprobados por el Ayuntamiento en las normas de Cabrales, entre los que figuraba la reducción de 10.000 metros cuadrados a 3.000 de la parcela mínima para abrir una quesería en suelo no urbanizable. Esos cambios permitieron la construcción de tres nuevas queserías, que ahora se han quedado sin soporte legal. Los jueces han afeado a la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias (CUOTA) que diera de paso los cambios normativos en Cabrales incumpliendo una exigencia legal aprobada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero en 2007: listar los nombres de todos los propietarios de las fincas afectadas por recalificaciones urbanísticas o cambios de uso durante los cinco años premios a las modificaciones. El objetivo de esta ley es claro: luchar contra la corrupción urbanística, pues permite saber quiénes se han beneficiado de las recalificaciones. La CUOTA ha venido obviando esta exigencia legal, pero nadie hasta ahora había recurrido ninguna recalificación (al menos utilizando ese incumplimiento legal). El Ayuntamiento de Cabrales no listó los nombres de los afectados por los cambios en las normas, lo que condujo a la anulación.

Las consecuencias. El fallo del Supremo, tal y como ha reconocido el alcalde de Cabrales, Francisco González (PP), impide abrir de momento nuevas queserías en el concejo, donde no existe ninguna parcela de más de 10.000 metros. Por ello el equipo de gobierno, que comparten PP, Foro y Somos Cabrales, ha decidido tramitar de nuevo, desde cero, los cambios urbanísticos anulados. Dos de las tres queserías que se han quedado sin soporte legal están fuera de los pueblos, por lo que, en principio, no tendrían problema para superar su actual situación si el Ayuntamiento cambia de nuevo las normas. La tercera, en cambio, se sitúa dentro de un núcleo rural, en Sotres, lo que conduce a una situación tremendamente enrevesada.

Las contradicciones. El artículo 89a de las normas subsidiarias de Cabrales permite asentar industrias de trasformación de productos agrarios en los pueblos, pero solo si cuentan con informe favorable del parque nacional de los Picos de Europa. Por el contrario, el artículo 179 de esas mismas normas prohibe taxativamente las queserías (y cualquier otra industria) dentro de los núcleos rurales. ¿Como se conjuga esta contradicción? Según todos los expertos consultados, el sentido común dicta que el artículo 89a se refiere únicamente a la apertura de queserías dentro del parque nacional, pues de lo contrario resultaría absurdo que se exigiera un informe favorable de ese organismo. Además, fuera de los núcleos habitados, todo el suelo es no urbanizable de protección especial en el parque nacional. Pero la mala redacción de las normas lleva a confusión y a la inseguridad jurídica, por lo que, previsiblemente, el asunto deberá ser dilucidado por los jueces. Sotres está dentro del parque nacional, de ahí que los expertos coincidan en que la quesería podría ser legalizada, siempre que los jueces entiendan que existió un error de transcripción en las normas cabraliegas.

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