El Tribunal Supremo no admite el recurso de casación que el Ayuntamiento de Llanes había interpuesto tras el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) por el que quedaba anulada la sexta modificación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del consistorio tras la denuncia de una trabajadora municipal, por lo que el ente público ha sido condenado a pagar las costas del proceso, una cantidad que no supera los 2.000 euros.

Tras esta decisión del Tribunal Supremo, el fallo del TSJA de anular dicha modificación es firme. La denuncia de la trabajadora viene motivada porque el Ayuntamiento no incluyó un informe del secretario municipal. Eso sí, cabe destacar que esta sentencia choca con otra emitida por el propio TSJA el año pasado ante una denuncia del sindicato UGT en la que sí que quedaba avalada la legalidad de la RPT y, por tanto, se daba la razón al Ayuntamiento de Llanes, lo contrario de lo que ha ocurrido con la denuncia interpuesta por esta trabajadora en particular.

En todo caso, y tras conocer la sentencia del Tribunal Supremo, en UGT afirman estar "contentos y satisfechos" con la decisión del órgano legal ante la denuncia de la trabajadora. "En la denuncia, se parte de que había informes contrarios a la modificación del interventor y, además, no se contó con el secretario municipal", dicen en el sindicato. Ahora queda por ver qué ocurre con esa contradicción entre ambas sentencias.