"Vender gas de la risa no está prohibido", asegura el abogado de la defensa de los cuatro acusados de vender esta sustancia en un local del Antiguo en marzo de 2013. La Fiscalía solicitó ayer para ellos dos años de cárcel por un delito contra la salud pública durante la vista oral celebrada en el juzgado de lo penal número 2 de Oviedo.

La causa se dirige contra el propietario, el gerente y dos empleados del establecimiento que en el juicio reconocieron que en su local vendían el conocido como gas de la risa.

El letrado de la defensa, Ricardo Álvarez-Buylla señaló en su alegato que la jurisprudencia acerca de distribución del "gas de la risa" en otros locales asturianos avala la tesis de que no es una práctica constitutiva de delito. Álvarez-Buylla hizo referencia a una sentencia anterior del juzgado de lo penal número 4 de Gijón que ya había absuelto a las mismas personas por la venta de este gas en un establecimiento de dicha ciudad.

El abogado de la defensa también recalcó la facilidad con la que cualquiera puede acceder a este tipo de sustancia. "Todo el mundo puede adquirirlo en grandes almacenes, incluso los menores de edad", afirmó.

En la vista testificaron los dos policías que, estando "de paisano", intervinieron en el local del Antiguo el 23 de marzo de 2013 cuando comprobaron que dos empleados del establecimiento estaban dispensando el "gas de la risa" a los jóvenes. "No era una operación policial preparada para incautar la sustancia", señaló uno de los agentes en la vista oral.

En el momento en el que percibieron los hechos, los agentes identificaron a los empleados que se estaban encargando de la distribución. "Confesaron ser conscientes de lo que estaban vendiendo. Les preguntamos si era iniciativa propia o indicación de sus superiores. Fue cuando llamaron al encargado. Se presentó y le expusimos los hechos", prosiguió uno de los agentes.

Posteriormente, el encargado del establecimiento se presentó en el local y les remitió a un auto judicial anterior que había absuelto a los propietarios por una situación similar en otro de sus locales.

Sin embargo, la agentes se incautaron de forma preventiva dos máquinas de sifón, un recipiente cilíndrico con globos, una caja con 24 cápsulas de 8 gramos de óxido nitroso y 201 cápsulas sueltas de dicha sustancia para su distribución a terceros.

La representante del Ministerio Fiscal, que pide dos años de cárcel para cada uno de los acusados además de una multa de 4.000 euros, sostuvo que con los testimonios escuchados en la sala queda claro "que no hubo error al distribuir la sustancia".

Para la fiscal sí existe un delito contra la salud pública ya que "el gas de la risa no es un producto apto para el consumo humano, como indica claramente la etiqueta". Para la Fiscalía "las resoluciones anteriores no habilitan a nadie para dispensar productos perjudiciales para la salud".