La sentencia de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo favorable a un agente de la Guardia Civil de Tráfico de Mieres, que se negó a tramitar multas cuando estaba de baja laboral, es pionera a nivel nacional y abre la puerta a que se presenten más demandas en el mismo sentido, según explicó ayer Faustino Brañas, el secretario jurídico estatal de la Unión de Guardias Civiles, que llevó el caso.

"El fallo dice que el guardia tiene derecho a la salud, alegando normas de disciplina que son de carácter interno, sin que se hayan publicado en el BOE", explicó Brañas. "Muchas agentes no se atreven a protestar y aunque estén de baja hacen los trámites, cuando es evidente que es ilegal".

Según la sentencia, en mayo de 2013 el General jefe de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil impuso al agente una sanción de suspensión de empleo y sueldo durante nueve días "como autor de la falta grave de eludir la tramitación o resolución de cualquier asunto profesional u omitir conscientemente una actuación a la que venga obligado por su función, destino o cargo". Esta decisión se sustentaba en el Régimen Disciplinario de la Guardia Civil.

El agente recurrió pero fue desestimado por resolución del Director General de la Guardia Civil. Una vez que se acabó esa vía de recursos, decidió acudir a los tribunales ordinarios, en este caso a la Sala de lo Militar del Supremo, que por unanimidad sentenció que el demandante no cometió la falta grave imputada de "eludir la tramitación o resolución de cualquier asuntos profesional u omitir conscientemente una actuación a la que venga obligado por su función, destino o cargo", dice la sentencia.