El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha cerrado la instrucción de la causa abierta contra la exalcaldesa de Llanes y diputada del PSOE en la Junta General, Dolores Campillo, como posible responsable de un delito de prevaricación administrativa relacionada con la contratación de un arquitecto.

El alto tribunal asturiano ha dictado un auto de transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado en el que da a la Fiscalía y a la acusación particular ejercida por el Ayuntamiento un plazo de diez días para que soliciten la apertura de juicio oral con la formulación de sus respectivos escritos de acusación o que, de forma excepcional, pidan diligencias complementarias.

El TSJA dicta el auto de transformación tanto para la exalcaldesa, a la que ve posible responsable de un delito prevaricación administrativa, como para el secretario municipal, Santiago Fernández Molpeceres y el interventor Gregorio García Arranz, por su presunta responsabilidad como cooperadores necesarios.

El tribunal acuerda el sobreseimiento parcial y provisional para los hasta ahora investigados del que fuera concejal de Urbanismo, José Herrero, y la concejala de Economía y Hacienda, Esther Bustillo.

La presunta existencia de un delito de prevaricación administrativa que ahora se investiga está relacionada con la contratación por parte del Ayuntamiento de Llanes de un arquitecto mediante contratos administrativos de corta duración que se habrían prolongado en el tiempo entre los años 2006 a 2015.

El actual alcalde de Llanes, Enrique Riestra, denunció en 2016 ante el juzgado a Álvarez Campillo, Santiago Fernández Molpeceres y Gregorio García Arranz, pero al estar aforada la exalcaldesa en su calidad de diputada regional, el juez aceptó inhibirse a favor del TSJA.

El magistrado instructor considera que los hechos expuestos son "subsumibles o constitutivos de un delito continuado de prevaricación administrativa", aunque precisa que la valoración en esta fase procesal es sólo indiciaria y por tanto no tiene un carácter vinculante.