Una mujer que circuló ebria y en sentido contrario más de un kilómetro y medio por la A-66 ha reconocido los hechos y ha aceptado una condena de 2 años de prisión y otros 2 de privación del carnet de conducir.

El Juzgado de lo Penal número 1 de Oviedo ha acogido este jueves el acto de ratificación de la conformidad alcanzada entre la Fiscalía y la defensa.

Se considera probado que la acusada, el día 21 de diciembre del 2018, viernes, sobre las 16.22 horas, conducía por la carretera AS-375 (Oviedo-Campomanes), sentido Oviedo, y en un momento dado accedió a la autovía A-66 por el carril de deceleración en la salida 53, haciéndolo en sentido León pero por la plataforma hacia Gijón, circulando en sentido contrario.

La mujer hizo caso omiso de la señalización vertical existente de dirección prohibida y recorrió 1,6 kilómetros con conocimiento de que estaba causando un grave riesgo para los demás usuarios de la vía, ya que se cruzó con un vehículo. Entonces detuvo su coche en el arcén a poca velocidad a consecuencia de un pinchazo o reventón, en el punto kilométrico 55,000 de la calzada sentido Gijón pero orientada hacia León, donde fue interceptada por una patrulla de la Guardia Civil.

La acusada circulaba bajo la influencia de bebidas alcohólicas, que le impedía la conducción en las debidas condiciones de seguridad. La Guardia Civil le hizo la prueba de alcoholemia, en la que arrojó, a las 16.41 horas, un primer resultado de 0,85 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. En la segunda prueba, realizada a las 16.56 horas, el resultado fue de 0,79 miligramos de alcohol por litro de aire espirado.

La acusada presentaba, además, los siguientes síntomas que denotaban su embriaguez: rostro pálido, ojos apagados, habla titubeante, olor a bebidas alcohólicas notorio a distancia, repetición de frases o ideas, y deambulación titubeante.

Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito contra la seguridad vial del artículo 379 apartado 2, inciso 1, del Código Penal, en concurso con un delito contra la seguridad vial, de conducción con temeridad manifiesta, del artículo 380, apartados 1 y 2 CP. Tras reconocer los hechos, la acusada aceptó una condena de 2 años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante 2 años.