El Consejo de Ministros diseñó ayer el estado de alarma de la segunda oleada del coronavirus en una versión corregida respecto a las medidas que implica y al mando que las ejecuta y aumentado en cuanto a su duración. Cuatro meses casi exactos después de ser levantada, la herramienta constitucional está de nuevo en vigor desde ayer y durante quince días, pero esta vez su duración será de seis meses más, hasta el 9 de mayo, siempre que Pedro Sánchez obtenga el "abrumador respaldo" que ayer requirió del resto de fuerzas políticas para la convalidación de la prórroga en el Congreso, y no tendrá ni confinamiento domiciliario ni mando único. A cambio, impone un "toque de queda" que el Presidente prefiere llamar "restricción de la movilidad nocturna" y que ha sido el primer efecto visible inmediato: ya empezó a operar entre las once de la noche de ayer y las seis de esta mañana, aunque deja a criterio de las autonomías levantarlo el 9 de noviembre y mover el periodo de limitación una hora antes o después en ambas franjas

Estas son las medidas que incluye el decreto:

Contacto social

- Las reuniones sociales y familiares entre no convivientes, tanto en espacios cerrados como al aire libre, deberán tener un máximo de 6 personas y quedarán prohibidas entre las 23:00 horas y las 6:00 horas.

Toque de queda

- Se aplicará un toque de queda o confinamiento nocturno de 23:00 horas a 6:00 horas. Se prohíbe la libre circulación de personas entre las 23:00 horas y las 6:00 horas en toda España, a excepción de Canarias. Las comunidades autónomas podrán variar el inicio de esta franja horaria, entre las 22.00 horas y las 00.00 horas, y su finalización, entre las 5:00 horas y las 7:00 horas. Este toque de queda será obligatorio los 15 primeros días de estado de alarma, es decir, hasta el 9 de noviembre. A partir de entonces, cada autonomía podrá decidir si mantiene o levanta la medida.