Psiquiatría del HUCA no tuvo "la vigilancia exigible" para evitar un intento de suicidio
El Consejo Consultivo acepta indemnizar a un paciente que se arrojó de una quinta planta, ubicación que considera "un riesgo" para ese servicio
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Exterior del HUCA / Irma Collín
La unidad de Psiquiatría del Hospital Universitario Central de Asturias no contó con "la adecuada vigilancia exigible" para evitar un intento de suicidio en agosto de 2019, cuando un paciente que había ingresado 24 horas antes por un episodio psicótico se arrojó por la ventana de una zona común de la quinta planta para tratar de quitarse la vida. Es la conclusión a la que ha llegado el Consejo Consultivo ante la reclamación económica que presentó la familia del paciente, herido con politraumatismo, con múltiples fracturas y contusiones como consecuencia del impacto y al que un año después se le reconocía una pensión de incapacidad permanente por accidente no laboral. El Consultivo ha establecido una indemnización de 40.000 euros como responsabilidad patrimonial, aunque la reclamación ascendía a más de 621.000 euros.
El Consejo Consultivo, a la vista de un amplio expediente en el que hay varios informes de responsables sanitarios y periciales de diversa índole, determinó que "la Administración sanitaria titular del servicio debe responder" porque "se ha creado una situación de peligro objetivo". El dictamen del Consejo Consultivo del Principado, que no es vinculante, señala que "la mera constatación de un daño surgido en el curso de la actividad del servicio público sanitario no implica sin más la existencia de responsabilidad patrimonial de la Administración". Es decir, para que el Principado tenga que indemnizar al paciente debe probarse que el daño "tiene un nexo causal inmediato y directo con el funcionamiento del servicio público".
El Consejo Consultivo estableció como primera consideración "el consiguiente riesgo" que ya entraña "la ubicación de la Unidad de Hospitalización Psiquiátrica en la quinta planta del complejo hospitalario", ya que en dicho servicio puede haber pacientes "a los que no son extrañas las conductas autolíticas". El dictamen, que contó con el voto en contra de una de las vocales del Consejo Consultivo, apunta que esa ubicación "no ha sido adecuadamente resuelta mediante las medidas de atención y seguridad (...), como lo demuestra el hecho aquí constatado de que tales precauciones no han resultado suficientes para impedir el intento suicida protagonizado por el reclamante". Y añade que se produjo "una omisión de la adecuada vigilancia exigible así como una insuficiencia de las medidas de seguridad físicas existentes".
Aunque no hay grabación alguna sobre cómo se produjeron los hechos, el paciente accedió a un local donde estaba la ventana desde la que se precipitó. "En una planta en la que los accesos han de estar controlados había elementos que facilitaban la concreción del riesgo que se trataba de evitar", recoge el citado dictamen. La Administración sanitaria, en cambio, había sostenido que "no hubo ninguna clase de negligencia" y que "el gesto suicida del paciente fue voluntario, impulsivo, imprevisible, inesperado y, por lo tanto, impredecible". En los informes aportados al expediente se apunta que la apertura de la ventana pudo producirse "por un fuerte golpe generado por el paciente en su situación de alteración, que sacó de su posición los pasadores del cierre". El Consultivo rebajó la indemnización de los 621.000 euros reclamados a 40.000, "una compensación prudencial, ponderando el conjunto de las circunstancias y la esencial participación del perjudicado en el resultado dañoso".
Quinientos euros por falta de información sobre el riesgo de quemadura en una artroscopia
El Consejo Consultivo del Principado ha reconocido el derecho de un paciente a recibir una indemnización por no ser informado, cuando firmó el consentimiento previo, del riesgo de quemadura que presentaba una artroscopia que la practicaron en un hospital de la red pública de Asturias. El dictamen reconoce que no hubo mala praxis en una artroscopia realizada en septiembre de 2020, a resultas de la cual se produjo de manera involuntaria una quemadura cerca de una axila. "Se trata de una complicación que, a pesar de lo inusual, aparece descrita en la bibliografía médica", por lo que el Consultivo concluye que "el paciente debió haber sido informado de manera expresa y previa a la artroscopia". Aunque el reclamante solicitaba casi 7.000 euros, el Consultivo redujo la indemnización a 500, "ante la probabilidad remota de que hubiera rechazado la artroscopia de ser advertido".
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