¿Deben los interinos convertirse de forma "automática" en fijos? Lo que dice ahora el Supremo

El alto tribunal discrepa de la interpretación de que la UE impone esa salida para atajar la temporalidad en la Administración pública

¿Deben los interinos convertirse de forma "automática" en fijos?

¿Deben los interinos convertirse de forma "automática" en fijos? / LNE

Vicente Montes

Vicente Montes

Nueva vuelta de tuerca en el complejo problema de estabilización de los interinos públicos. El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que afirma que no cabe una conversión judicial "automática" de los interinos en indefinidos, como parecía sugerir un fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y que hacerlo sería incompatible con los principios de igualdad, mérito y capacidad que rigen el sistema español de la Administración pública y establecido en la Constitución. La sentencia del Supremo viene a apuntar que el alto tribunal "no tiene intención de cambiar su doctrina y no piensa equiparar al personal fijo y a los indefinidos no fijos", valoró el sindicato CSIF.

La larga batalla del colectivo de trabajadores públicos que encadenan contratos temporales parecía tener un final claro a raíz de una respuesta del Tribunal Europeo a una cuestión prejudicial en la que venía a decir que no cabía establecer distinciones de derechos entre trabajadores fijos e indefinidos, ponía en duda que los planes de estabilización terminasen con el abuso de temporalidad y deslizaba que hacer fijos a esos trabajadores podría ser una solución adecuada.

Esta opción entraría en franca contradicción con el criterio de que el acceso a un puesto público fijo debería hacerse a través de un concurso oposición en el que se tuviesen en cuenta los principios de igualdad, mérito y capacidad y al que pudiese concurrir cualquier persona, no solo los que ya contaban con una plaza temporal.

Con este nuevo fallo, el Supremo ya indica que no acatará la vía planteada por el tribunal europeo, lo que complica aún más la solución a este problema. La sentencia en cuestión, de la Sala de lo Social del Supremo, tiene su origen en un recurso de casación de la Junta de Castilla y León referido a la pretensión de una trabajadora laboral, en categoría de indefinida no fija, de acceder a un concurso de traslado limitado a los trabajadores fijos. El Supremo rechazó esa posibilidad. Es en el argumento referido a esa decisión donde el alto tribunal apunta su interpretación del criterio de la Unión Europea y señala, además que tampoco al diferenciar los derechos de los trabajadores fijos o los indefinidos no fijos contradice el principio de igualdad constitucional. Ese artículo, sostiene el Supremo, "no implica en todos los casos un tratamiento legal igual con abstracción de cualquier elemento diferenciador de relevancia jurídica".

Y, además, cuestiona la interpretación de que el Tribunal Europeo establece la fijeza automática como vía para terminar con la interinidad en la administración. Fuentes de la Sala Social del Supremo recalcaron que se respetan las sentencias europeas pero que el fallo dictado por el tribunal de la UE "nunca dijo que la única solución para los indefinidos no fijos fuera la declaración de fijeza", sino que establecía "expresamente" soluciones alternativas. El Supremo planteará "de forma inminente" una cuestión prejudicial para que el Tribunal Europeo clarifique si las medidas del ordenamiento jurídico español se ajustan a la normativa europea. Al tiempo, se espera de la justicia Europea una pronta respuesta (el 13 de junio) a una cuestión prejudicial elevada por el juzgado de lo Contencioso número 17 de Barcelona, que ha preguntado abiertamente a las autoridades europeas si la legislación española está o no de acuerdo con los requerimientos de la UE. También se espera que el tribunal europeo despeje si sus exigencias están incluso por encima de los principios constitucionales.

Un "grave problema" en la línea de flotación de un proceso de estabilización global que va lento

El jurista Javier Junceda ofrece mañana jueves a las cinco de la tarde una conferencia sobre la situación jurídica relativa a los funcionarios y personal laboral interinos. Será en el Colegio de Abogados de Oviedo y la entrada será libre. Junceda considera que se trata de un "complejo y grave problema" cuya solución jurídica no parece fácil. "Es una situación que parte del hecho de haber tardado en trasponer la directiva europea de 1999 que establece que no puede haber discriminación entre los que tienen un contrato fijo o temporal" y que reclama medidas para no perpetuar las situaciones de temporalidad. A juicio de Junceda, el proceso de estabilización de plantillas que se lleva a cabo en las administraciones podría haber sido una buena solución al problema, pero su ritmo es lento. "Antes de iniciar esos procesos de estabilización la cifra de empleados públicos temporales en España era de 1.130.000; este proceso concluye a final de año y hasta ahora se ha conseguido estabilizar a unos 370.000 empleados", explica Junceda. A la espera de que el tribunal europeo responda a las preguntas que tiene sobre la mesa, Junceda cree que no está del todo claro que todos los empleados temporales vayan a terminar obteniendo una plaza fija, incluso recurriendo a la justicia. "Por hacer un símil, es como comprar décimos de lotería", señala gráficamente. En opinión de Junceda, una de las claves estará en que el tribunal europeo llegue a establecer a las claras que la fijeza es la recomendación comunitaria para el problema, por encima incluso de los criterios constitucionales, pero duda de que vaya a haber un pronunciamiento tan claro al respecto. ¿La alternativa? Que el conflicto jurídico termine alargándose hasta que muchos de los casos terminen expirando por sí solos.

Suscríbete para seguir leyendo