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Condenan a un banco a devolver 63.000 euros por una hipoteca multidivisa

La UCE cree que hay muchos afectados en la comarca por una campaña de promoción

Una entidad bancaria tendrá que devolver 63.000 euros a una avilesina, trabajadora de ArcelorMittal, por abuso en una hipoteca multidivisa suscrita el 26 de septiembre de 2008. El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Oviedo, especializado en cláusulas abusivas en contratos hipotecarios, ha dado la razón a la avilesina, que ha estado representada por los servicios jurídicos de la Unión de Consumidores (UCE) de Asturias. Su presidente, Dacio Alonso, cree que "puede haber muchos afectados en la comarca de Avilés, dado que la entidad ahora condenada realizó un gran campaña de promoción y comercialización de este tipos de hipotecas multidivisa entre el personal de Arcelor".

La hipoteca multidivisa es un tipo de préstamo hipotecario cuyas cuotas se pueden pagar en una divisa diferentes a la local. Este tipo de producto se comercializó entre 2004 y 2008, vinculando los préstamos a su pago en yenes o francos suizos por la supuesta estabilidad de estas monedas. La fluctuación de la divisa en la que debe pagarse la hipoteca supone una variación del precio del préstamo, por lo que es recomendable contar con sólidos conocimientos financieros a la hora de contratar una hipoteca de este tipo.

En este caso en concreto, el préstamo fue suscrito por un valor de 166.700 euros, que en yenes japoneses hacían un total de 27.386.575. El importe del préstamo debía ser devuelto en un plazo de veintitrés años.

En su escrito de demanda, la avilesina argumentó que en ningún momento se le advirtió claramente de los riesgos que la modalidad multidivisa conllevaba ni del funcionamiento del préstamo. Así, no pudo conocer el riesgo real que presentaba el contrato firmado, por lo que solicitó a los tribunales la nulidad por abusividad y falta de transparencia.

La jueza ha condenado a la entidad financiera a recalcular en euros el cuadro de amortización del préstamo, referenciado al Euribor más un diferencial de 0,7 y dejando sin efecto el cálculo en yenes japoneses. Concluye que no hubo transparencia, puesto que la clienta no recibió una información adecuada sobre los riesgos asociados a las cláusulas multidivisa ni las graves consecuencias asociadas.

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