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La Fiscalía no recurrirá al Supremo la sentencia que condena a Grueso a 8 años

El ministerio público pidió en el juicio once años para el exdirector del Niemeyer, el único de los procesados que aún no ha anunciado recurso

Alejandro Cabaleiro accede a la Audiencia Provincial durante la celebración del juicio del "Caso Niemeyer". M. L.

El Ministerio Público no recurrirá ante el Tribunal Supremo la sentencia de la Audiencia Provincial que condena al exdirector de la Fundación del Centro Niemeyer, Natalio Grueso, a ocho años de prisión por malversación de caudales públicos y falsedad en documento mercantil durante su etapa al frente del proyecto cultural avilesino. El fiscal Alejandro Cabaleiro mantuvo tras el juicio la petición de once años de prisión para Grueso (le imputaba además un delito de insolvencia punible que el tribunal no vio probado) y solicitó ocho para el agente de viajes José María Vigil, al que el tribunal ha impuesto siete años y medio de prisión. Fuentes próximas al caso confirmaron que el plazo para que el Ministerio Público anuncie recurso ya ha expirado.

Cabaleiro da así carpetazo por su parte al "Caso Niemeyer" tras una sentencia que asume buena parte de sus argumentos y que los abogados defensores ven "muy dura". Lo asumió una vez finalizada ya la fase de instrucción por parte del juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Avilés. Pendiente sigue la decisión sobre el recurso de la acusación particular, que ejerce el letrado Alejandro Riera en representación de la Fundación del Centro Niemeyer. Los patronos se reunieron hace unos días con el abogado para consensuar si recurren o no al Supremo, pero quedaron emplazados para tomar la decisión definitiva sobre este asunto en un nuevo encuentro que está pendiente de fecha, según las fuentes consultadas.

Quienes ya han anunciado su desacuerdo con la sentencia y piden llegar al Supremo son dos de los tres condenados: el agente de viajes José Luis Vigil y el exsecretario de la Fundación del Niemeyer, José Luis Rebollo, condenado a a dos años de cárcel por un delito societario continuado. También ha anunciado recurso Viajes El Corte Inglés, empresa para la que trabajaba Vigil y sobre la que recae la responsabilidad civil subsidiaria. No ha salvado este trámite por ahora Natalio Grueso, aunque lo hará en próximas fechas. Según fuentes jurídicas, los plazos varían en función de la fecha en que se notifica el fallo a los condenados.

Desmontar el delito de malversación será una de las claves de los recursos que cocinarán las defensas, que ya en el juicio ahondaron en si el dinero que entra en el Centro Niemeyer es público o privado y la naturaleza jurídica de la propia entidad. Los letrados defensores incidieron durante las vistas en que la Fundación del Niemeyer es de carácter privado y que Natalio Grueso no era un funcionario público. El Código Penal establece que la malversación es un delito cometido por un funcionario o alto cargo público en el desempeño de sus funciones que consiste en la sustracción o uso indebido de recursos públicos y que se comete con dolo (con intención).

El Centro Niemeyer contrajo una importante deuda con proveedores y administraciones públicas durante los años en que el complejo cultural estaba dirigido por Grueso, deuda que ya se ha reducido a poco más de un millón.

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