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El Supremo mantiene la condena al hombre divorciado que allanó la casa de su exmujer

El castrillonense adujo que cuando entró en la vivienda el disfrute de la misma era conyugal

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) de 5 de junio de 2018 por la que condenó a un castrillonense a seis meses de cárcel, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y al pago de costas, como responsable de un delito de allanamiento de morada al haber entrado sin permiso en la casa de su exmujer, en Piedras Blancas, cuando se encontraba en proceso de divorcio.

El hombre presentó recurso de casación contra la sentencia del TSJA. El Supremo ha desestimado la casación y condenado al hombre al pago de las costas procesales generadas ante dicha instancia.

El castrillonense juzgado accedió sin tener permiso a la vivienda de su mujer, en la que también vive su hija menor de edad, cuando ambas se encontraban fuera. Para acceder, se valió de un cerrajero y cambió la cerradura de la vivienda, ya que no tenía llaves. Ella también había cambiado previamente la cerradura original de la vivienda. En el recurso, el hombre sostuvo que cuando cambió la cerradura estaba en trámite de divorcio y aún no se había atribuido el disfrute de la vivienda a alguno de los dos cónyuges. El hombre fue juzgado, con jurado, en la Audiencia Provincial de Oviedo, que emitió la primera sentencia condenatoria, que el castrillonense recurrió ante el TSJA, que desestimó el recurso. Finalmente presentó casación ante el Supremo, que ahora confirma el fallo.

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