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El Ayuntamiento despidió a una empleada de modo improcedente, dice el Supremo

La trabajadora cuenta ya con tres sentencias que certifican que su contrato es “indefinido no fijo”

El Ayuntamiento de Avilés despidió a una trabajadora de manera improcedente. La mujer cuenta ya con tres sentencias que respaldan su pertenencia a la nómina municipal: una en primera instancia; la segunda, del TSJA, y ahora, esta misma semana, del Supremo. De esta manera, el contrato que celebraron el municipio y su empleada (1997) tiene carácter de “

La sentencia del alto tribunal señala que la trabajadora “ocupaba una plaza funcionarizada, y fue cesada por cobertura reglamentaria de la misma a través de un concurso de méritos, siendo adjudicada a una funcionaria”. Rechaza la argumentación del Ayuntamiento (el despido es procedente porque existe una sentencia semejante en que se dictó según los intereses de Avilés en Castilla y León): “No puede apreciarse contradicción entre las sentencias comparadas porque los hechos enjuiciados en cada una de ellas difieren sustancialmente por lo que ha de concluirse ahora que sus fallos no son contradictorios”.

“En su momento, habíamos pedido encarecidamente a la alcaldesa y al gobierno municipal que, en vez de acudir al Tribunal Supremo, consensuasen medidas que diesen estabilidad al personal temporal e interino.  Su respuesta negativa fue tajante. Hoy, al margen de alegrarnos enormemente por el contenido y del resultado final de todo este periplo, volvemos a plantear y a exigir al gobierno municipal y a la alcaldesa un mayor reconocimiento a su plantilla. Si quieren pueden”, valoró Ángel Luis Fernández, secretario general del sindicato Avanza.

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