Acepta seis años de prisión por agredir sexualmente a una menor

El ahora condenado reconoció haber mantenido relaciones con una adolescente pese a su negativa en tres ocasiones

VISTA EXTERIOR DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL.

VISTA EXTERIOR DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL. / Irma Collín

I. G.

Un hombre ha aceptado esta mañana varias penas que suman seis años de prisión por agredir sexualmente a una menor, de acuerdo a lo solicitado por la Fiscalía. La vista oral estaba señalada hoy en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo. Tras reconocer los hechos, el procesado aceptó una pena de 2 años de prisión por cada uno de los delitos, así como las prohibiciones de aproximarse a menos de 500 metros a la víctima, su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro frecuentado por ella, y de comunicarse con ella por cualquier medio, durante 3 años y 6 meses por cada uno de los delitos. Además, el juez ha dictaminado una inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidas, que conlleven contacto regular y directo con personas menores de edad durante tres años por cada uno de los delitos, y libertad vigilada.

El procesado reconoció que en noviembre de 2017, el hombre de 31 años estaba en su casa de Avilés con la víctima de 15 años y mantuvo relaciones sexuales completas con la menor, pese a su negativa. También reconoció que en febrero de 2018, ambos estaban en un piso en Luanco, donde habían acudido para celebrar un cumpleaños. Allí, la menor le practicó una felación en uno de los baños del inmueble. En un primer momento, la víctima se negó aunque finalmente accedió.  En marzo de 2018, ocurrió algo similar a lo de noviembre de 2017, es decir, que el reo mantuvo relaciones sexuales con la menor en casa del hombre de 31 años a pesar de la que víctima pidió que parase.

Según el informe del psicólogo forense, en el momento de los hechos, la menor no tenía una madurez psicológica suficiente para sostener una relación con un adulto.

El ahora condenado abonó la responsabilidad civil a la víctima antes de la celebración del juicio. Según precisaron fuentes judiciales, en este caso concurrieron las atenuantes de reparación del daño y dilaciones indebidas.

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