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Indultos

Los condenados en la causa del procés y la intención de tumbar el orden constitucional

Nuestra Constitución en su artículo 117 dice expresamente: “El ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los juzgados y tribunales determinados por las leyes, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan”. Indulto: dícese de esa medida especial de gracia por la cual la autoridad competente perdona a una persona toda o parte de la pena a que había sido condenada en virtud de una sentencia firme.

El indulto es un derecho de gracia regulado en la Ley de 18 de junio de 1870, por la que se establecen reglas para el ejercicio de la gracia de indulto, que corresponde a Su Majestad el Rey y cuya tramitación es competencia del Ministerio de Justicia, (por lo tanto, lo decide el Gobierno) y que tiene como efecto la extinción de la responsabilidad criminal. En la citada ley no se establece el arrepentimiento como requisito a la hora de la concesión, pero lógicamente es un elemento a tener en cuenta.

El procedimiento para conceder la medida de gracia establece que, tras la petición de la misma por parte del penado o cualquier otra persona, el Ministerio de Justicia debe solicitar un informe no vinculante al tribunal sentenciador. Hasta aquí la legalidad.

En octubre de 2017, diversos partidos y miembros del Gobierno de Cataluña organizaron un referéndum ilegal, proclamaron de forma ilegal la independencia y la constitución de una ilegal república catalana. Los impulsores de estos actos fueron condenados por el Tribunal Supremo a penas que oscilaban entre los 9 y los 13 años de prisión, así como a penas de inhabilitación.

El tribunal que juzgó la causa del “Procés”, el Tribunal Supremo, por unanimidad de sus miembros, ha informado negativamente a la concesión de cualquier forma de indulto –total o parcial– a los 12 condenados por delitos de sedición, malversación de caudales públicos y de desobediencia al no apreciar razones de justicia, equidad y utilidad pública que justificarían la concesión de la medida de gracia.

Las penas a las que fueron condenados no hay duda de que guardan proporcionalidad con la gravedad de los delitos cometidos. No son presos políticos, puesto que sólo ha existido una parte que ha intentado tumbar el orden constitucional; desde la otra parte solo hemos intentado aplicar la ley, y así se hizo. Se trató de imponer a la ciudadanía un nuevo modelo de estado que sólo existe en la delirante mente o mente psicótica de los autores intelectuales de tal despropósito.

En 2021, Pedro Sánchez cuestiona un proceso, un juicio, de nuestro Alto Tribunal, el Gobierno está poniendo en duda el funcionamiento de la justicia española, con lo que ello significa de ataque a una institución que constituye el pilar fundamental de nuestra democracia. La pregunta es si desapoderar al Tribunal Supremo de esta forma ¿es útil?, ¿es eficaz?

Luther King, decía: “Nuestras vidas empiezan a terminar el día que guardamos silencio sobre las cosas que importan”. A mí me importa la unidad de España, la imagen de un indulto sin un ápice de arrepentimiento, sin una petición previa de perdón. La oportunidad política no es justificación para cuestionar la actividad jurisdiccional del Tribunal Supremo, de concesión de un indulto contra el informe desfavorable, por unanimidad, de todos sus miembros, de los magistrados que impusieron una pena y al que le correspondía cumplir lo juzgado.

Como asturiana, no puedo caer en la tentación de que esto no me afecta, porque todos nos jugamos mucho. Barbón avaló los indultos y dijo creer en la unidad de España desde el diálogo. Esta frase encierra una enorme contradicción, defiende el diálogo como instrumento útil, o como medida garantista de la unidad de España, con un interlocutor que precisamente tiene en esa unidad su único objetivo a batir.

Como me importa, no quiero guardar silencio al indulto de Pedro Sánchez a los condenados por nuestro Tribunal Supremo a los presos del “Procés”. Ese indulto es fruto de una negociación en que los que de verdad actuaron mal, sin duda, se llevan la mejor parte, sin arrepentirse, sin pedir perdón y sin ninguna garantía de no volver a reincidir. Ese indulto es la expresión de una debilidad, de carácter político, que nada tiene que ver con la Justicia.

A Barbón le diría que del mismo modo que no se puede mantener que la vida puede ser larga y corta a la vez, o no se puede ser blanco o negro al mismo tiempo, no se puede avalar el indulto al “Procés” y defender la unidad de España, de la que, por cierto, es símbolo nuestro Rey Felipe VI, quien tendrá que firmar ese indulto decidido por Pedro Sánchez, toda una contradicción.

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