Pola de Siero,

Manuel NOVAL MORO

Los juristas defienden en su mayoría el sentido de la sentencia que da la razón a los firmantes de la moción de censura contra el alcalde de Siero, Guillermo Martínez, y obliga a repetir la sesión plenaria. Tres de los cuatro expertos en temas jurídicos consultados por este periódico consideran que el fallo ha sido un acierto.

Según la ley Electoral reformada recientemente, si los concejales que firmaron la moción de censura no siguen perteneciendo al partido por el que fueron elegidos en el momento de la celebración del Pleno, la moción requerirá el apoyo de más concejales para prosperar.

El secretario municipal de Langreo, Miguel Ángel Diego, sostiene que los cuatro ediles del PP que votaron contra el criterio de su partido seguían perteneciendo al PP cuando se convocó la sesión plenaria. La moción de censura, a su juicio, debió haberse votado porque «hasta que se acaba la vía interna, la expulsión no puede considerarse firme, y, por lo tanto, no es ejecutiva». Para el secretario, «hay unos derechos fundamentales que defiende la Constitución, y la concejalía es un derecho de la persona, no del partido».

En un sentido parecido se pronuncia el catedrático de Derecho Constitucional Francisco Bastida, al decir que «a veces se utiliza la amenaza de expulsión como instrumento de disciplina interna», una práctica que ha rechazado el Tribunal Constitucional. Bastida defiende que «la suspensión de militancia no es igual a la expulsión; si el PP hubiese expulsado a sus concejales, sería otra cuestión, pero no están expulsados y hay que repetir el Pleno». A su juicio, un problema con la normativa es la consideración sobre qué es transfuguismo y qué no. En cualquier caso, Bastida cree que «hay que acabar con la prepotencia de los partidos que utilizan la expulsión para imponer disciplina interna».

Asimismo, el catedrático de Derecho Administrativo Javier Junceda apunta que la sentencia «era predecible» porque hay un precedente en este sentido en una sentencia del Tribunal Superior de Justicia. «Si una persona está expulsada de su partido tiene todas las garantías habidas y por haber», y mientras la expulsión no es firme sigue perteneciendo al partido.

El catedrático de Derecho Constitucional Ramón Punset disiente de estas tesis. Según su criterio, la juez ha obviado la ley Electoral, algo que no es correcto. En su opinión, si consideraba que la aplicación de esta norma podría conculcar derechos constitucionales, «debió haber planteado una cuestión de inconstitucionalidad, pero en ningún caso inaplicar la ley». En su opinión, la juez «dio prioridad a la interpretación de la Constitución sin tener en cuenta la voluntad del legislador», con lo cual, «si se siguiera esta doctrina, la reforma de la ley Electoral no serviría para nada».

«La suspensión de militancia no es igual a la expulsión, hay que repetir el Pleno»

<Francisco Bastida >

Catedrático

«La concejalía es un derecho de la persona, no del partido»

<Miguel Ángel Diego >

Secretario de Langreo

«Si se sigue esta doctrina, la reforma de la ley no sirve para nada»

<Ramón Punset >

Catedrático