Ojo con la declaración de la renta, Hacienda puede multarte con 120.000 euros por este detalle
Existen ciertas medidas que no son muy conocidas y que pueden llevar a disgustos mayúsculos
La Agencia Tributaria está siempre pendiente de la manera en las que el contribuyente declara sus ingresos y bienes. Es algo que es de sobra conocido por todos los trabajadores del estado. Pero existen ciertas medidas que no son muy conocidas, y que pueden llevar a disgustos mayúsculos. Las transgresiones ante Hacienda pueden ser clasificadas en leves, graves o muy graves. Aunque pueden implicar el abono de un porcentaje del monto defraudado e incluso la interrupción de una actividad laboral, lo común es que conlleven un costo establecido.
Las multas de Hacienda por infracciones leves representan un gasto de hasta 3.000 euros (sin ocultación de información), equivalente a un máximo del 50% de la cantidad defraudada. Por otro lado, las multas graves de la AEAT superan los 3.000 euros y exigen el reembolso completo de la suma no declarada en su momento.
En el caso de las multas muy graves de la Agencia Tributaria, implican el 150% del dinero no declarado. Esta situación indica una ocultación intencionada de información por parte del declarante, y si el fraude supera los 120.000 euros, podría constituir un delito fiscal en sí mismo.
¿Cuáles son las sanciones más frecuentes de Hacienda y qué tipo de penalizaciones conllevan?
- Incumplir con el pago de impuestos en los plazos establecidos. No obstante, si regularizamos nuestra autoliquidación sin previo aviso de Hacienda, quedaremos exentos de multa.
- No presentar en tiempo y forma las declaraciones y documentos correspondientes.
- Solicitar una devolución que no nos corresponde.
En estos casos, las multas de Hacienda varían según la calificación que el organismo público otorgue a las infracciones, ya sea leve, grave o muy grave.
Solicitar devoluciones de manera indebida se considera una infracción grave y, según la naturaleza de la infracción, puede conllevar una multa proporcional del 15% o una multa fija de 300 euros.
Por su parte, no presentar en plazo declaraciones o autoliquidaciones sin que esto cause perjuicio económico a la AEAT, o que carezcan de elementos obligatorios como el domicilio fiscal, son infracciones leves penalizadas con multas económicas que oscilan entre 100 y 200 euros.
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