La inhabilitación de Torra, en manos del Constitucional
El pleno decidirá este martes si le levanta la pena cautelarmente, como pide el expresidente catalán
El pleno del Tribunal Constitucional tomará este martes su primera decisión sobre el recurso de amparo presentado por Quim Torra contra su inhabilitación para ejercer cargo público alguno, tras la sentencia del Supremo que dio firmeza a la del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya que le condenó por desobedecer a la Junta Electoral Central, al negarse a retirar una pancarta en apoyo a los que considera presos políticos, durante las elecciones de abril de 2019.
El recurso de amparo de Torra fue avocado al pleno por el presidente del Constitucional, Juan José Rodríguez Arribas, para que sean todos los magistrados que componen el tribunal los que decidan sobre su admisión a trámite, pese a no haber interpuesto el habitual incidente de nulidad ante el Supremo contra la condena, lo que podría interpretarse como no haber agotado la vía jurisdiccional previa y ser un motivo para rechazarlo. Eso permitiría que la defensa de Torra, ejercida por el abogado Gonzalo Boye, llevara ya a Europa la sentencia del Supremo.
Todos admitidos
Pero eso no ha ocurrido hasta ahora, porque todos los recursos en relación con el 'procés' presentados se han ido admitiendo a trámite. En la impugnación, Torra también solicita al Constitucional que levante cautelarmente su inhabilitación mientras resuelve el fondo del asunto, para evitar cumplir la pena anticipadamente. El recurso contra su pérdida de condición de diputado por la negativa a retirar la pancarta del Palau de la Generalitat fue admitido a trámite el pasado mes de julio, pero aún no ha sido resuelto.
Fuentes del alto tribunal señalan que lo habitual para decidir sobre una medida cautelar, como la planteada por Torra, es abrir una pieza separada en la que se incluyan las respectivas alegaciones de las partes. Cuando se trata de prisiones, el Constitucional suele suspender la ejecución de las inferiores a seis años de cárcel para evitar un cumplimiento adelantado y dejar sin efecto el recurso.
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