El juicio para esclarecer la muerte de la gijonesa Silvia Hernández de 34 años tendrá que celebrarse de nuevo -con un nuevo jurado popular y otro juez- después de que el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) haya anulado la primera sentencia que declaró culpable de homicidio imprudente a Celestino (Tino) G. V., pareja de la fallecida, en base a que durante el juicio no se dio lectura al acta completa del jurado y que ésta contenía además "una flagrante contradicción". Esta es la tercera decisión de un jurado popular que el TSJA o el Tribunal Supremo anulan en Asturias desde 2004.

El único acusado por la muerte de Silvia Hernández, su pareja sentimental desde hacía cuatro años, Tino, G. V., fue condenado a cuatro años de cárcel el pasado mes de junio como autor de un delito de homicidio por imprudencia que le atribuyó el jurado popular. Todas las partes en el procedimiento recurrieron la sentencia y ahora el TSJA ha visto motivos para anular la sentencia.

El primero de ellos hace referencia a que tras la deliberación del jurado y posterior puesta en común de sus conclusiones tan solo se dio lectura al veredicto final en lugar de hacer una lectura íntegra del acto de votación del jurado como marca la ley. A ojos del TSJA esto implica "un quebrantamiento de normas y garantías procesales que afecta al derecho de las partes, provocando para ellas una situación de efectiva indefensión".

El otro argumento es una "flagrante contradicción" que cometió el jurado en el acta. Los nueve integrantes del jurado apoyaron el relato de hechos probados de Fiscalía y Abogacía del Estado, en los que se decía que Tino G. V. había cogido "un cuchillo de cocina con la decisión de acabar con la vida de Silvia Hernández". En cambio, en el veredicto avalaron la tesis de la defensa, que Tino G. V. causó la muerte de su pareja por "grave imprudencia". Una y otra opción son "incompatibles", según el TSJA, que afea al magistrado no advertir esta "palmaria contradicción". Es por ello que el juicio volverá a celebrarse, algo acogido con alegría por la familia de la fallecida.

Otros casos anulados

Otros casos anuladosLa de Tino G. V. no es la primera sentencia que anula en los últimos años en Asturias. Por ejemplo, en 2004 dejaba en libre al acusado de la muerte de Bernabé Abad, asesinado con la tapa de una alcantarilla junto a las piscinas de El Llano. También anuló -confirmado incluso por el Supremo- en 2013 los 18 años de cárcel que el jurado popular impuso a José Antonio L. LL. por la muerte del hostelero de la cervecería Carvi, Juan Carlos Roces, al que alguien asestó 18 puñaladas. En esa ocasión, el TSJA aseguró que los indicios que llevaron a la condena eran de "extraordinaria debilidad".

También en 2013, el Tribunal Supremo ordenó repetir el juicio contra Manuel Rodríguez Blanco -condenado a tres años y medio por matar a su hermano en Lada, Langreo- por "la arbitrariedad del jurado popular" que le juzgó. Incluso, el TSJA elevó recientemente de 18 a 20 años la condena a Makelele por el asesinato de la hostelera Sonia Meléndez Mitre al desestimar las "dilaciones indebidas" del procedimiento que sí había estimado como atenuante el jurado popular.