Entre 100 y 3.000 euros oscilan las sanciones que se plantean en el anteproyecto de nueva ordenanza de protección contra la contaminación acústica para quienes se exceden de los límites de decibelios marcados para los usos de la vía pública, actividades domésticas, relaciones vecinales o tenencia de animales. Un cambio sustancial si se tiene en cuenta que la ordenanza en vigor, fechada en 2005, coloca el tope de esas multas en 600 euros. Ese incremento del castigo económico no se deja sentir en el capítulo de actividades donde se mantiene, en cumplimiento de la ley del ruido de 2003, una horquilla de multas que van de los 100 a los 300.000 euros y suman desde la retirada de la fuente sonora que genera el problema hasta la revocación de la licencia municipal de la actividad o la clausura del local.

¿Cuales son esos comportamientos ruidosos motivos de sanción? En lo que tiene que ver con las relaciones vecinales la ordenanza hace referencia a tres elementos concretos: el control de aparatos como radios, televisores, equipos de música, instrumentos musicales y aires acondicionados, el control de los ruidos molestos de los animales domésticos y el compromiso de respetar los “límites de la buena convivencia ciudadana” entre vecinos respetando los límites tolerables tanto en el uso de la voz humana como en el traslado del mobiliario o labores de bricolaje. En otro capítulo de la ordenanza se indican las limitaciones sonoras en los vehículos de motor prohibiendo el llamado escape libre, el uso de bocinas en casco urbano salvo que haya un inminente peligro de colisión o atropello y tener el motor en marcha más de dos minutos durante la noche.

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