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Los jueces eximen a El Musel de divulgar las actas de 22 años

La Audiencia Nacional rechaza, por lo dilatado del plazo, la orden del Consejo de Transparencia

La ONG Access Info Europe logró hace dos años, en base a la ley de Transparencia y Buen Gobierno, que le facilitaran copia de todos los órdenes del día y las actas de los Consejos de Ministros entre 1996 y 2017, decisión avalada por la Abogacía del Estado. Con ese precedente, un ciudadano particular decidió solicitar los órdenes del día, actas y resoluciones aprobadas por el Consejo de Administración de la Autoridad de Gijón en el mismo periodo. Se quedará con las ganas, después de que la Audiencia Nacional hay pronunciado una sentencia en la que exime a El Musel de atender esa petición debido a que estaría obligado a reelaborar esa documentación para evitar facilitar datos que afectaran a terceros y se trata de una documentación voluminosa, correspondiente a 22 años en los que, entre otras cosas, se gestó y fraguó la ampliación de El Musel.

La petición de copias de las actas se presentó ante el Ministerio de Fomento el 13 de diciembre de 2017. Quince días después, el presidente de la Autoridad Portuaria de Gijón resolvió rechazando esa petición, apuntando que las deliberaciones del Consejo de Administración de El Musel tienen carácter secreto, que las actas contienen datos de carácter personal y que se solicitaba un "elevadísimo volumen" de documentación de forma generalista y que debería de reelaborarse para su entrega.

El peticionario recurrió ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno al mes siguiente. Este organismo independiente encargado de promover la transparencia en la actividad pública dio la razón al ciudadano.

El Consejo señaló que "el reconocimiento del derecho de acceso a la información es extraordinariamente amplio, y abarca a toda información que posea alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de la norma, y, claramente, la Autoridad Portuaria lo está, porque la haya elaborado u obtenido en el ejercicio de las funciones que tiene encomendadas", sin que sea necesario que el solicitante explique el motivo de su petición.

Reelaboración

La resolución del Consejo de Transparencia fue recurrida ante el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 9, que falló que no se tenía por qué atender una petición de información tan extensa, fallo que ahora ha ratificado la Audiencia Nacional en base a la enorme cantidad de información que se solicitaba y que debería de reelaborar la Autoridad Portuaria para eliminar los datos de carácter personal.

La Audiencia Nacional señala al respecto que "la peticiòn de información en el caso que nos ocupa hay que calificarla de excesiva y de anormal (...), por ser excesiva la documentación reclamada existe una labor de cuasireelaboración, puesto que es preciso anonimizar o desagregar una ingente cantidad de datos que, en ocasiones, y dada la naturaleza jurídica de la Autoridad Portuaria no es fácil".

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