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Oculta que su hija logró trabajo fijo para seguir cobrando la pensión de alimentos

La Audiencia ha condenado a una mujer a devolver 3.363 euros a su exmarido por un "enriquecimiento injusto" durante más de un año

Oculta que su hija logró trabajo fijo para seguir cobrando la pensión de alimentos

Una madre y su hija deberán devolver los 3.363,30 euros que ingresaron de forma indebida en concepto de pensión de alimentos después de ocultar deliberadamente al padre que la joven había comenzado a trabajar y que contaba con independencia económica, lo que motivaba la extinción de que el hombre siguiese realizando ese pago mensual. La sentencia, emitida por Audiencia Provincial, ve probado "el enriquecimiento injustificado" de las denunciadas.

Desde que en abril del pasado año 2010 quedó disuelto el matrimonio de los implicados en esta disputa judicial quedó vigente un convenio regulador por el que el padre se comprometía al pago de 300 euros mensuales en concepto de pensión de alimentos a su hija, que entonces tenía 14 años. Este hombre, que ha estado representado por la abogada gijonesa Laia Duart Álvarez de Cienfuegos, acudió al juzgado cuando su hija cumplió los 24 años para pedir la exención de la pensión de alimentos "al tener fundadas sospechas de que la joven pudiera encontrarse trabajando".

Este hecho, a ojos del progenitor, motivaba que su hija "tuviese una estabilidad y una fuente regular de ingresos propios" y es por ello que reclamó la pensión de alimentos "satisfecha a la madre entre los meses de mayo de 2014 y octubre de 2017", cuando sospechaba que la joven había comenzado su incursión en el mundo laboral.

En efecto, cuando el caso llegó al Juzgado de Primera Instancia se comprobó que la menor fue encadenando distintos empleos desde mayo de 2014. Pese a ello, la sentencia fue favorable a la madre y a la hija al entender que el acceso al mundo laboral "se había producido de una forma paulatina". Este revés judicial motivó el recurso de apelación del afectado ante la Audiencia, que sí estimó su petición. Según consta en la nueva sentencia, esos contratos de trabajo tuvieron diferente duración y jornada laboral hasta que la hicieron fija en la misma empresa textil en la que trabajaba en diciembre de 2016. En ese empleo tenía una jornada laboral de 40 horas semanales y un salario que oscila entre los 900 y 1.000 euros al mes. Con esos ingresos mensuales, estiman los magistrados de la Audiencia, "sí cabe entender que la joven ya alcanza una independencia económica de sus padres".

El tribunal afea en la sentencia que la madre "incurrió en un enriquecimiento injusto" por lo que ahora las obliga a devolver los 3.363,30 euros que madre e hija recibieron en concepto de pensión de alimentos entre diciembre de 2016 y octubre de 2017, el periodo comprendido desde que la joven tuvo contrato fijo hasta que el padre las demandó. "Con los mecanismos legales se pueden reparar situaciones tan injustas como ésta; aquí había un enriquecimiento sin causa ninguna cuando percibieron el dinero sin que hubiese obligación de darlo".

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