La Fiscalía ha solicitado este miércoles la confirmación de la pena de 12 años y siete meses de prisión impuesta a la pareja sentimental de la gijonesa Silvia Hernándezque le perforaron un pulmón y el estómago.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha celebrado este miércoles la vista del recurso de apelación interpuesta por el abogado defensor, Enrique Lamadrid, contra la sentencia condenatoria por homicidio por omisión de socorro de la Sección Octava de la Audiencia Provincial tras el veredicto de culpabilidad del tribunal del jurado que juzgó al acusado, que actualmente se encuentra en libertad. La Fiscalía, la Abogacía del Estado, la acusación particular en representación de la familia de Silvia Hernández y la acusación popular, que ejercita Abogadas para la Igualdad, han incidido en que el procesado C.V.G. dejó "desatendida" a la víctima, de 34 años, con la que convivía, cuando la apuñaló en torno las 4:00 horas del 13 de marzo de 2016 y, según los forenses, falleció entre las 19:30 horas de ese mismo día y las 1:30 del día 14.

Las cuatro acusaciones han sostenido que el acusado pudo haber evitado la muerte de Silvia si hubiera avisado a los servicios médicos tras apuñalarla durante un forcejeo en su domicilio. La fiscal ha asegurado que C.V.G. generó "una situación de riesgo" utilizando un cuchillo que era "un medio idóneo" para causar la muerte y no llamó a los servicios médicos, pese a que la puñalada infligida en el estómago provocó a la víctima una hemorragia interna que derivó en un empeoramiento progresivo de su estado hasta fallecer.

"No eran meros rasguños", ha añadido la fiscal, que ha solicitado la desestimación del recurso al mantener que el veredicto del jurado no incurrió en contradicciones ni hubo falta de motivación, no se vulneraron derechos del acusado y la magistrada-presidente actuó con imparcialidad. El abogado del Estado ha recordado que el informe forense describía que la víctima había manifestado varios síntomas tras la puñalada en el estómago como debilidad, bajada de tensión, vómitos, náuseas y encorvamiento sin que el acusado, que tenía "la condición de garante", hiciera nada para salvarle la vida.

El abogado Sergio Herrero, que ejercita la acusación particular, ha afirmado que C.V.G. "dejó morir" a Silvia tras causarle dos lesiones "perforantes" y posteriormente "se desentendió de ella" pese a la gravedad de su estado. La abogada de la acusación popular, Andrea Rodríguez, ha recalcado que la prueba forense confirmó que Silvia se hubiera salvado con una pronta asistencia sanitaria. Por el contrario, el abogado defensor, Enrique Lamadrid, ha resaltado "las enormes y flagrantes contradicciones" entre el veredicto y los testimonios de los forenses que expusieron en el juicio que "ni el acusado ni la víctima eran conscientes de la gravedad de las heridas" y ni la propia víctima "sabía que se estaba muriendo".

La defensa ha mantenido que Silvia, que presentaba una minusvalía psíquica del 70 por ciento, estaba "plenamente capacitada" para decidir si acudía o no al médico, por lo que, en su opinión, "es un disparate dejar en manos de un jurado popular un delito de una complejidad como un homicidio por omisión".

El caso fue juzgado por un tribunal del jurado en la Sección Octava de la Audiencia Provincial, con sede en Gijón, y el acusado C.V.G. fue condenado inicialmente a una pena de cuatro años de prisión por un delito de homicidio imprudente, pero el fallo fue recurrido ante el TSJA que anuló la vista, en octubre de 2018, por las contradicciones detectadas en el veredicto.

Tras la repetición del juicio y el nuevo veredicto, el pasado mes de noviembre, el acusado vio elevada la pena a 12 años y 7 meses de prisión por homicidio por omisión de socorro y el tribunal le impuso alejamiento de 500 metros de los padres y la abuela de la víctima durante 15 años e indemnizaciones que ascendían a un total de 83.000 euros.