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Javier Ledo Ovide, esposado, durante el juicio en la Audiencia, en septiembre de 2020. | M. L.

"Estamos satisfechos", dice la familia de Paz Fernández tras la sentencia del Supremo contra ledo

El fallo ve probado que la mujer no pudo defenderse y el carácter celoso del acusado, que deberá cumplir 24 años de cárcel

Javier Ledo Ovide asesinó a la gijonesa Paz Fernández Borrego, de 43 años, y por ser mujer. Esta es la conclusión a la que ha llegado el Tribunal Supremo para desestimar íntegramente el recurso presentado por este hombre –declarado culpable por un jurado popular y condenado a 24 años de cárcel por este crimen cometido en Navia en febrero de 2018– que argumentaba que los hechos se habían producido de manera accidental. El Alto Tribunal, que sí reduce de diez a cinco años el tiempo de libertad vigilada para este individuo, ve debidamente acreditada la alevosía y la agravante de haber cometido el asesinato por motivo de discriminación de género y es por ello que da carpetazo al asunto. “Estamos satisfechos”, valoró ayer Julio Nieda, abogado de la madre y hermanas de la fallecida.

Javier Ledo, en prisión desde que fue detenido el 9 de marzo de 2018, había quedado con Paz Fernández, con la que había mantenido una relación sentimental en el pasado, el 13 de febrero de 2018 en Navia. Luego se separaron y quedaron en verse a la hora de cenar. Estando en el domicilio, según vio probado el jurado popular y la sentencia de la Audiencia Provincial, Ledo sintió “celos” cuando vio que la gijonesa se estaba mensajeando con otro hombre y decidió atacarla “de forma sorpresiva y de manera imprevista y repentina” con un rodillo de cocina y unas piedras. Cuando el asesino se dio cuenta de que Fernández Borrego estaba sin vida, la envolvió en una manta, le cubrió la cabeza con unas bolsas y metió el cadáver en el coche. Condujo varios kilómetros por la AS-25 (Navia-Villayón) hasta llegar a Arbón y arrojó el cuerpo al arroyo de La Pontiga. La gijonesa apareció días después en un embalse próximo.

El condenado trató de rebajar los 24 años de cárcel impuestos, además del pago de 231.000 euros en concepto de indemnizaciones a la madre, hermana e hijos de la fallecida. A cada paso que daba Ledo había movilizaciones en las calles, organizadas por la asociación “Libres y Combativas de Asturias”. “Es una demostración de fuerza, una victoria demoledora contra la justicia patriarcal. Estamos muy satisfechas y reafirmadas en la idea de que con la lucha se puede derrotar a esta justicia patriarcal. Ninguna sentencia nos devolverá la vida de Paz, pero cuando nos unimos está claro que logramos hacer justicia”, compartió ayer Beatriz García, portavoz de la asociación, al conocer el fallo.

La sentencia de la Audiencia fue contundente. Igual que la del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que también rechazó todos los argumentos de Javier Ledo. La misma suerte ha tenido en el Supremo. El Alto Tribunal ve probada la alevosía en base a los testimonios ofrecidos por los médicos forenses durante el juicio. Según se recoge en la sentencia, los expertos señalaron que “se encontró a nivel parietal derecho tres heridas diferenciadas, vitales por objeto contundente, con mucha fuerza o peso” y dejaron claro que había “múltiples golpes”. “Es indicativo de la utilización de un objeto contundente que, por la forma en la que tuvo lugar el ataque, es incompatible con una acción defensiva por parte de la víctima”, señala en Supremo. Y añade la interrupción imprevista de la conversación que Paz mantenía por Whatsapp.

Libertad vigilada cinco años

La agravante de cometer el crimen por discriminación de género también la ha ratificado el Supremo, al entender que durante el juicio quedó acreditado el carácter “celoso y posesivo del acusado” en base a los testimonios de la exmujer de Ledo y de una hermana de Paz Fernández.

En base a todo, el Supremo mantiene los 24 años de cárcel y los 25 años de alejamiento de la familia de la víctima, aunque deja en cinco los años de libertad vigilada para Javier Ledo, que puede interponer recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

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