El "apuñalador del tute" se enfrenta a siete años de cárcel por acuchillar a un amigo con el que jugaba a las cartas en Gijón

La trifulca tuvo lugar en la calle Fuente del Real el año pasado: "Es un milagro que esté vivo", aseguraron los testigos del suceso

La calle Fuente del Real, el día del suceso

La calle Fuente del Real, el día del suceso / M. L.

Pablo Palomo

Pablo Palomo

Una partida de cartas en un bar que terminó con una puñalada en el cuello, una orden de búsqueda y captura y posteriormente con un enfrentamiento con los policías que le fueron a detener en su casa. El "apuñalador del tute", el hombre que atacó a un conocido suyo en una cafetería de la calle Fuente del Real, en abril del año pasado, tras haber discutido con él mientras jugaba una partida de cartas, se enfrentará mañana en la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Gijón una peña de siete años por homicidio en grado de tentativa y a otros ocho meses por el delito de resistencia a la autoridad. El hombre, que se encontraba en búsqueda y captura, se refugió en su casa tras el ataque y recibió a los policías diciéndoles: “No tenéis huevos a entrar, sois unos hijos de puta y os voy a rajar”.

Los hechos ocurrieron de la siguiente manera según el Ministerio Fiscal. El procesado, sobre las 21:00 horas del 6 de abril de 2022, en el interior de una cafetería de la calle Fuente del Real de Gijón, inició una discusión con su víctima, un hombre nacido en 1986, con el que estaba jugando a las cartas. Los testigos explicaron a este periódico que estaban jugando en concreto al tute. Posteriormente, ya en el exterior del establecimiento, el procesado, con ánimo de acabar con la vida de su víctima, le asestó una puñalada en el cuello con un arma blanca, cuyas características no constan.

A consecuencia de los hechos, la víctima sufrió lesiones consistentes en: herida incisa laterocervical izquierda transversal de 2 centímetros y sección parcial de la cara anterior de la vena yugular interna, lesiones que precisaron una intervención quirúrgica de carácter urgente. Tardó en curar 17 días. Le quedó como secuela una cicatriz de dos centímetros en la cara laterocervical izquierda. Atendiendo a la zona de la lesión, por donde trascurre un paquete vascular importante que irriga y recoge la sangre del sistema nervioso central, el riesgo vital de la herida fue elevado, pudiendo llegar a provocar la muerte si no se hubiera realizado el tratamiento adecuado en tiempo y forma.

Posteriormente, el procesado, cuando agentes del Cuerpo Nacional de Policía acudieron a su domicilio, también en Gijón, para detenerlo, se acercó a la puerta de la vivienda y, con una navaja de unos 11 centímetros de hoja, les espetó: “No tenéis huevos a entrar, sois unos hijos de puta y os voy a rajar”, a la vez que movía de un lado a otro la navaja, dirigiéndola hacia los agentes. Estos entraron finalmente en el domicilio y redujeron al procesado, utilizando la fuerza mínima indispensable para su detención. Mediante auto del Juzgado de Instrucción número 2 de Gijón se acordó el ingreso en prisión provisional comunicada y sin fianza del procesado.

 La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de homicidio en grado de tentativa del artículo 138.1 del Código Penal, en relación con los artículos 16 y 62, y de un delito de resistencia grave del 556.1. Y solicita que se condene al procesado, por el delito de homicidio en grado de tentativa, a la pena de prisión de 7 años e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Se interesa igualmente que se le imponga la prohibición de aproximarse a su víctima a menos de 500 metros, a su domicilio, trabajo y cualquier lugar frecuentado por él, así como de comunicarse con él, ambas prohibiciones durante 9 años. Por el delito de resistencia a la autoridad le piden ocho meses.

El Fiscal interesa igualmente que se imponga al procesado la media de libertad vigilada durante 9 años y con cumplimiento de las siguientes medidas:

a) Obligación de estar siempre localizable mediante aparatos electrónicos.

b) Comunicar inmediatamente en el plazo y por el medio que se establezca cualquier cambio de domicilio o lugar de residencia.

c) Prohibición de aproximarse y comunicarse con la víctima.

d) Prohibición de residir en la misma provincia donde resida la víctima

 En concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Fiscal solicita que el procesado indemnice al perjudicado con 960 euros por las lesiones ocasionadas, 2.500 euros por las secuelas y 3.000 euros más por el daño moral, más los intereses legales correspondientes. Se solicita igualmente que indemnice al SESPA con 1.504,34 euros por los gastos médicos ocasionados por la asistencia médica prestada a la víctima, más los intereses legales correspondientes, más el abono de las costas.

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