El "arraigo" de las hijas, clave en la sentencia que obliga a una madre a dejar Gijón para regresar a la ciudad de su maltratador
Colectivos feministas estudian cómo recurrir el fallo, que obliga a "restaurar el vínculo" de las pequeñas con su padre: "Es sangrante"
S. F. L.
La sentencia judicial que estos días estudian desde la Plataforma Feminista de Asturias y el equipo jurídico del Centro de Atención a Víctimas de Agresiones Sexuales y Malos Tratos (Cavasym) y que obliga a una asturiana víctima de maltrato a regresar a la ciudad de origen de su maltratador justifica la medida por el "arraigo" que, según el juez, tienen sus dos hijas. El fallo, emitido en Vitoria-Gasteiz, de donde es original el varón, entiende que la mujer, que se había refugiado en Gijón tras el divorcio, debe regresar al "domicilio familiar" para que el hombre pueda ver a sus hijas. Una decisión que ha indignado al feminismo asturiano, que asegura que el progenitor ha sido condenado por tres delitos de maltrato y que, por tanto, busca fórmulas para poder recurrir el fallo.
La sentencia, que no hace referencia a estos episodios de maltrato en ningún momento, señala que la mujer se trasladó a Gijón hace dos años "de modo completamente unilateral", lo que implicó "incumplir las numerosas resoluciones judiciales" que señalaban el derecho del padre a mantener su régimen de visitas con las niñas. Entiende, por tanto, que lo ocurrido es un caso de "desobediencia judicial". Desde Asturias el entorno feminista estudia ahora cómo alegar que la afectada, "una víctima de maltrato reconocida", regresó a Asturias "para escapar de su situación de maltrato" y contar con el apoyo de su familia para la crianza de las niñas, según explican desde la Plataforma.
El fallo judicial señala que "el interés preponderante de los hijos" justifica su decisión y entiende que la mudanza supuso "un grave detrimento" a la niñas "en su relación el padre", ya que "se ha diluido el vínculo hacia su figura paterna". Afirma que "se deviene imprescindible restablecer y restaurar dicha relación paterno-filial" y que las pequeñas deben "volver a tener contacto físico y personal" con su padre. La sentencia se remite también a que tras el divorcio, en 2020, "se impuso la obligación a la madre y las dos hijas menores de vivir en la localidad" de Vitoria, y asegura que la afectada "no ha acreditado" que la mudanza a Gijón haya "beneficiado" a las pequeñas y que, "al contrario", éstas están "arriagadas" en Vitoria, donde está "su estabilidad y red social y familia". Desde la Plataforma Feminista niegan esta afirmación y aseguran que la afectada, al ser asturiana, tiene a su familiar en la región, y que en Vitoria solo tenía al entorno familiar de su expareja, con la que no tiene trato desde hace años.
Las feministas aseguran, también, que en Gijón las niñas están escolarizadas y viviendo "con normalidad". Tildan esta sentencia como "sangrante" por no tener en cuenta el episodio de violencia de género ni los "derechos" de la afectada que, a su juicio, se están viendo vulnerados. Por ahora, este fallo, que es recurrible, obliga a la mujer a regresar a Vitoria y a que el padre pueda ver a las niñas dos veces a la semanas y en fines de semana alternos, así como durante parte de las vacaciones escolares.
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