La demolición de las obras ilegales del hotel Kaype, en Barru (Llanes), tienen que comenzar antes de diez días. Sin más demoras. La jueza del "caso Kaype", Pilar Martínez Ceyanes, ha dicho basta y, a través de un contundente auto, ha ordenado que el derribo se acometa "de forma inmediata". Además, lanza una severa advertencia al alcalde, Enrique Riestra; y a dos funcionarios, el secretario y la arquitecta municipales, a los que responsabiliza "personalmente" de "llevar a puro y debido efecto" la demolición "dentro de sus respectivas atribuciones". La jueza ordena a las autoridades municipales que le remitan antes de diez días un "informe justificativo del comienzo de las obras de demolición".

La jueza ve "llamativo" el "absoluto protagonismo de los funcionarios del Ayuntamiento en el desarrollo procesal" del "caso Kaype", en detrimento del letrado consistorial y de la propiedad, cuando "son las partes y no los funcionarios los llamados a plantear incidentes procesales". A la vista de los informes recibidos, la magistrada percibe "ciertas disensiones entre los funcionarios y las autoridades del Ayuntamiento" en lo que respecta a la ejecución de la sentencia. Pero subraya que han de quedar "superadas a fin de acometer de una vez las obras de demolición". Y añade: "lo que no puede consentirse es que a día de hoy la demolición no se haya iniciado, sin que se haya alegado ni una sola razón para ello; al contrario, en el informe técnico se refleja que el derribo del edificio de nueva ejecución no plantea ninguna objeción".

Así, la jueza ordena al Alcalde que realice "las actuaciones necesarias" para acometer la demolición "de forma inmediata", conforme a sus indicaciones y "comenzando por el edificio de nueva construcción". Recuerda a los dirigentes llaniscos que las órdenes de ejecución como la del Kaype, "y sobre todo cuando estas dimanan de una resolución judicial que anula una licencia y ordena la demolición de la obra amparada en ella, no resulta precisa licencia urbanística formal" y basta como una resolución dirigida a la propiedad para que inicie "las obras de demolición, con apercibimiento de ejecución subsidiaria para el caso de pasividad o inexactitud en la ejecución".

Respecto al secretario municipal, la jueza censura que haya ido "mucho más allá de lo que se le pedía" en sus informes, así como que "obviando las resoluciones judiciales que -en dos ocasiones- han establecido la obligación de demoler todas las obras amparadas en la licencia, plantea la procedencia de tramitar un expediente de legalización de las obras" en una de las tres parcelas afectadas (la única calificada como suelo urbano consolidado).

El auto destaca cómo el secretario señaló en un informe que esa legalización parcial es un "deber" del Ayuntamiento, e incluso sugirió la existencia de un supuesto de responsabilidad patrimonial si no se tramitaba el expediente. La jueza es terminante: "ninguna eficacia cabe atribuir al contenido del informe del secretario municipal en los extremos para los que no se le había solicitado intervención", pues ya se ha despejado en los juzgados "toda duda respecto a la obligación de demoler las obras amparadas por la licencia declarada ilegal" en las tres parcelas afectadas. Por todo ello, la jueza concluye que es el Ayuntamiento, "con su Alcalde al frente", el que está "obligado a ejecutar la sentencia". Y añade: "desde esta perspectiva ha de prescindirse de todas las consideraciones contenidas en el informe del secretario municipal, fuera de las que se refieren a los pasos a seguir para la ejecución de la sentencias y la demolición de todas las obras amparadas en ella", independientemente de la parcela en la que se ubiquen.

Martínez Ceyanes descarta una legalización parcial de las obras del Kaype: "procederá rechazar la posibilidad de legalizar las obras ejecutadas al amparo de la licencia anulada" y "tampoco cabe deslindar el hecho de que las obras se sitúen en las parcelas 16 y 17 (suelos urbanos no consolidados) o en la 29, ya que si bien esta última tiene la calificación de suelo urbano consolidado, la licencia de agrupación de dichas parcelas fue anulada judicialmente", señala.

La jueza destaca que tanto el secretario como la arquitecta municipales han admitido que no existen razones técnicas que impidan ejecutar la demolición. La arquitecta sí mantiene la duda respecto a la posible legalización de una parte de las obras ejecutadas, y justifica que no se derribe todo lo amparado por las licencias declaradas ilegales por motivos "económicos, estructurales y de seguridad". Pero la jueza también censura esas apreciaciones, pues dado que ni el Ayuntamiento ni la propiedad han planteado incidente alguno sobre esas cuestiones, la arquitecta "ha de limitarse a informar sobre el proyecto de demolición, así como a vigilar la ejecución de las obras", pues ella "no puede promover un incidente de esta naturaleza". La arquitecta, una vez ejecutado el derribo, sí "podrá revisar, en su caso, si cumplimenta lo ordenado en la sentencia o han quedado instalaciones u obras sin demoler", añade la jueza.

Tanto la licencia que permitió agrupar las tres fincas del Kaype como la de obras fueron otorgadas por el anterior gobierno socialista de Llanes, en 2012 y 2013, respectivamente. La propiedad, Carrera y Pérez S. L., que presentó el proyecto de derribo en junio del año pasado, ha anunciado que reclamará por la vía civil 15,6 millones de euros al Ayuntamiento por daños y perjuicios. Las licencias municipales fueron recurridas por dos particulares y su ilegalidad fue denunciada desde el primer momento por la Agrupación de Vecinos y Amigos de Llanes (AVALL).