Silvia Ruenes, exedil socialista en el Ayuntamiento de Llanes, y una trabajadora social del consistorio han sido condenadas por un delito de prevaricación a nueve años de inhabilitación especial para ejercer cualquier cargo público por conceder en 2014 una ayuda de 1.500 euros, salida de las arcas públicas, a un hombre condenado por violencia doméstica para que no entrase en prisión. Ambas deberán abonar también al Consistorio 1.330 euros, más los intereses devengados desde el 4 de abril de 2014 en concepto de indemnización solidaria, y las costas.

La sentencia, dictada por el Juzgado de lo Penal número dos de Oviedo, no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial. La trabajadora social no podrá ejercer su profesión durante ese tiempo.

La sentencia deja claro que el hecho de que una persona pida dinero a un ente público para eludir la entrada en prisión tras saltarse una orden de alejamiento derivada de una condena por violencia machista no constituye "una emergencia social". La jueza sostiene que la exedil actuó con "absoluta arbitrariedad" y asegura que "carece de credibilidad incluso para ella" que en el juicio asegurase que autorizó el pago de la ayuda social pensando que era para pagar una multa de tráfico. "Primero contestó que no habría autorizado la ayuda y, como colofón, ante la sorpresa suscitada, concluyó con un lacónico 'hay delitos y delitos', lo que denota la absoluta arbitrariedad que le llevó a autorizar la ayuda social", reza la sentencia en relación a Ruenes. La magistrada entiende que ambas actuaron por propia voluntad.

Ruenes fue edil de Servicios Sociales entre 2011 y 2015, siendo regidora Dolores Álvarez Campillo.