El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Oviedo ha condenado al Ayuntamiento de Oviedo a pagar 2.142 euros a una mujer por un esguince producido por un socavón en la calzada al intentar acceder al vehículo que tenia estacionado en la zona azul. La sentencia es firme y no cabe interponer recurso de apelación.

La mujer, defendida por el letrado Moisés Porto Corredoira de ILM Abogados, fue asistida de la caída producida aportándose el correspondiente parte de urgencias en el que se refleja la caída en la vía pública y consta además que se cursó llamada a los servicios policiales. El juzgado ha apreciado que se trata de pavimento en el que hay hundimientos de hasta 4 centímetros de profundidad.

Y sostiene para condenar al Consistorio ovetense que existen elementos de juicio que han otorgado corroboración suficiente a la versión expuesta por la denunciante y no puede considerar por tanto que los hechos base de la reclamación de la actora constituyan una mera invención de la parte "pues ni es razonable inferir tal conclusión ni ello se ve compatible con la existencia de corroboración periférica de lo manifestado por la actora como es además de las fotografías aportadas a los pocos días de los hechos, el propio informe del servicio de ambulancia sobre la asistencia prestada a la parte siendo además concordantes y compatibles las lesiones producidas con el modo de producirse los hechos".