Dos años y medio de cárcel por abusar de una niña en un ascensor

El Supremo ratifica la condena de la Audiencia de Asturias, respaldada por el TSJA, al considerar creíble el relato de la menor

Fachada del Tribunal Supremo.

Fachada del Tribunal Supremo. / EP

Luis Ángel Vega

Luis Ángel Vega

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha ratificado la condena de dos años y medio de cárcel que impuso la sección tercera de la Audiencia Provincial de Asturias a un ciudadano colombiano por abusar de una niña de 11 años en un ascensor. La sentencia, ya fue ratificada en 2021 por la sala de lo civil y penal del TSJA.

Según la sentencia original, los hechos se produjeron cuando el acusado acudía a casa de su expareja, en la tarde del 11 de agosto de 2018. El hombre subió en el ascensor junto a dos niñas, una de ellas de 11 años y la otra más pequeña, vecinas de rellano de su antigua compañera sentimental. A la niña de 11 años, el acusado "le había guiñado un ojo" en ocasiones anteriores. El acusado, tras pedirle un beso a la niña más pequeña, se dirigió a la de 11 años y "con ánimo libidinoso, trató de abrazarla para, acto seguido, propinarle un pellizco y caricias en el pecho, proponiéndole, al salir del ascensor, verse en el trastero", al tiempo que le hacía un gesto guardar silencio. Aparte de la pena de cárcel, la Audiencia impuso al acusado alejamiento de la menor, cinco años de libertad vigilada y el pago de 3.000 euros de indemnización.

En el recurso ante el Supremo, el letrado del acusado, Jesús González Cordovilla, argumentó que, en su declaración, "la menor incurrió en notables contradicciones, si se comparan las manifestaciones realizadas en la fase de instrucción y en el juicio". También que esa declaración carecía de corroboración externa y que no fue persistente, ni prolongada en el tiempo, ni concreta, dado que no indicó la fecha del suceso.

El Supremo estima que "la declaración de la víctima fue analizada en profundidad por el tribunal de instancia para concluir su veracidad y suficiencia, fue precisa en cuanto a la forma y ocasión del abuso y no fue contradictoria en lo esencial, no hubo variaciones". Además ha sido corroborada por otras pruebas, como la reacción de los padres, que fueron a pedir explicaciones al hombre casi de inmediato, tras confesarles la niña lo ocurrido. Un informe pericial sobre la credibilidad de dicho testimonio descartó elementos de simulación o fabulación. Además, se descartó que la niña tuviese animadversión por el acusado. La defensa adujo que los hechos no podía ser calificados como abuso sexual, pero el Supremo lo rechaza.

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