Una sentencia reparte la "concurrencia de culpas" entre un ciclista y el Ayuntamiento por una caída en El Berrón

El fallo destaca la responsabilidad de Siero por existir un socavón en la vía, pero aprecia que el herido hubo de atender a algunas circunstancias del entorno

Cruce de El Berrón, en una imagen de archivo. | P. T.

Cruce de El Berrón, en una imagen de archivo. | P. T. / P. Tamargo

Una sentencia obliga al Ayuntamiento de Siero a abonar a un ciclista 1.489,31 euros por los daños que sufrió tras dar con un bache en una vía pública de El Berrón. Lo más curioso del fallo, contra el que no hubo posibilidad de recurso ordinario, es que reparte las "culpas" entre la Administración y el conductor de la bicicleta, que reclamaba una cantidad mayor, de 4.255,18 euros.

Los hechos se remontan al 1 de noviembre de 2022, fecha del accidente del ciclista, que "circulaba con su bicicleta por la avenida de Oviedo cuando a la altura del número 30 de El Berrón, debido a la existencia de un socavón carente de señalización, sufrió una caída al atravesar un paso de peatones elevado ubicado en la vía, encajando la rueda delantera en un socavón situado antes del paso de peatones, que se encuentra en medio del carril, lo que provocó que el conductor cayera de la bicicleta varios metros hacia adelante", se explica sobre el suceso.

El hombre fue diagnosticado de varias heridas y fracturas, de las que tardó en curar 29 días. Tras varias idas y venidas judiciales a lo largo de 2023, el fallo del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Oviedo establece que "partiendo de esta responsabilidad de la Administración, dentro de lo razonablemente exigible, se ha de considerar que la presencia en el centro de la calzada de un socavón con una profundidad máxima del orden de 6 centímetros (...) sin señalizar constituye una falta de diligencia administrativa". "Ahora bien, teniendo en cuenta, por un lado, que el bache se encuentra en el centro de la calzada, antes de un paso de peatones, lo que obliga a reducir la velocidad, en segundo lugar que la visibilidad era del siniestro era buena, el firme se encontraba limpio y seco y que el ciclista debería haber circulado lo más cerca posible del arcén derecho de la calzada (...) se considera que existe una concurrencia de culpas en un 35 por ciento para el conductor y en un 65 por ciento para el Ayuntamiento, ya que sin obviar la obligación del Ayuntamiento de mantener las carreteras y vías en buen estado o, al menos en un estado razonable, también existe una obligación del conductor de ajustar la conducción a las circunstancias de la vía y al vehículo utilizado", refiere la sentencia.