La Nueva España de Siero

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Ricardo Junquera

La finca de los diez mil euros

La aplicación del valor de referencia en las transmisiones patrimoniales

Sucedió hace unos días y probablemente no sea la última vez que ocurra. Se presentaron en la notaría, para encargar una escritura de compraventa de una finca rústica, dos paisanos: comprador y vendedor. De los pocos que todavía quedan que compran y venden fincas rústicas, que ya cada vez son menos los que quieren comprar ese tipo de suelos. Qué diferencias con aquellos tiempos, cuando había palos por llevar una finca y había que andar con ojo con los plazos para el ejercicio del derecho preferente del colindante.

La cuestión es que miramos la documentación y todo estaba correcto. Les pregunto precio y me responden que dos mil euros, que pagarán, si se puede, en metálico, que si no ya tendrán que apañarse de alguna forma con el banco.

Pregunto por los gastos y el comprador responde que van de su cuenta y, mirando al vendedor, le dice: “Pero la robla la pagas tú”. “Vale”, responde el otro.

Y ahora les explico a los dos lo del valor de referencia, ese valor que Hacienda, desde el día 1 de enero de este año y vía catastro, ya tiene prefijado para que, entre otras cosas, sirva de base para pagar el impuesto sobre transmisiones patrimoniales. Valga lo que valga la finca y se pague lo que se pague por ella, la base para abonar ese impuesto es el valor de referencia que el bien ya tiene asignado. Algo así como el oráculo de Delfos en versión ahí tienes lo que vale.

Hacemos la consulta en la página web del catastro, y allá que sale... plas: diez mil euros. Se lo digo.

–¿Diez mil euros qué?, pregunta el comprador.

–La base imponible para liquidar el impuesto. El 8 por ciento de esa cantidad.

–¿Cómo ye, ho...?, vuelve a preguntar.

–Que sí, que es el valor de referencia que les comentaba.

Y les empiezo a explicar los medios posibles para, en su caso, impugnar la liquidación o solicitar una rectificación de la autoliquidación del impuesto. No hay lugar a explicar mucho. El vendedor, mirando al comprador, le dice: “¿Sabes qué, compañeru? Que si pa ellos val diez mil euros, ahí se la dejo, pa que la coman ellos o los jabalíes, a ver si revientan”.

Y después de un “gracias, rapaz”, allá que te recogen la documentación y marchan por el pasillo mascullando lo de los diez mil euros. No sé si habría o no robla, pero de lo que sí estoy seguro es de que, de haberla, hubiera sido a cuenta del impuesto.

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