El Tribunal Constitucional ha reconocido el derecho a la objeción de conciencia a un farmacéutico de Sevilla que se negó a vender la "píldora del día después". El boticario fue sancionado en 2008 por la Delegación Provincial de Salud porque se negaba a despachar en su establecimiento preservativos y la píldora del día después apelando a su conciencia y a sus principios religiosos. La sentencia dice que la multa administrativa vulneró el derecho del farmacéutico a la libertad ideológica; sin embargo, rechaza reconocerle este mismo derecho en el caso de los preservativos.

Tres magistrados firmaron votos particulares que discrepan con la decisión de la mayoría, que establece que aunque hay diferencias entre la participación de los médicos en la interrupción voluntaria del embarazo y la de los boticarios en la venta de la píldora, hay un paralelismo entre los conflictos de conciencia de ambos profesionales. Los jueces dicen que al ubicarse la botica en el centro de Sevilla, la negativa a dispensar el fármaco "no puso en peligro" el derecho de la mujer a acceder al medicamento.