El Juzgado de lo Penal número 4 de Oviedo acaba de absolver a un ovetense de 74 años acusado por su exmujer de haberla agredido. El magistrado Francisco Javier Iriarte estima que la "sola declaración de la denunciante no es bastante para acreditar los hechos", toda vez que no presenta lesiones y que no puede descartarse que la denuncia responda al "resentimiento" de la mujer por haber iniciado el hombre una nueva relación. El hombre se enfrentaba a un año de prisión.

En la denuncia, la mujer aseguraba que estaba en trámites de separación, aunque los dos residían en la misma vivienda. La pareja tenía además una casa en Luanco. El pasado 1 de abril, dijo la mujer, el hombre llegó a casa sobre las diez y media de la mañana y se generó una discusión después de que el acusado intentase quitarle las llaves de la vivienda de Luanco. Según ella, la agarró de la muñeca y la arrastró por el pasillo, hasta que el hombre se metió en el baño para hacer una llamada y ella aprovechó para avisar a la Policía. También dijo que, el día anterior, él la había escupido en la cara "sin más".

La versión del hombre, defendido por Luis Olay Pichel, es diametralmente opuesta. Según él, efectivamente llegó a casa a las diez y media de la mañana, tras pasar la noche fuera, pero nada más entrar, lo primero que hizo la mujer fue pedirle las llaves de la vivienda de Luanco, a lo que el hombre respondió que ella ya tenía una copia. Entonces, declaró, la mujer se abalanzó sobre él, diciéndole que se las iba a dar "por las buenas o por las malas". Admitió que había cogido a la mujer por los brazos para que no le pegase, mientras ella intentaba darle patadas. Luego, le agarró de la sudadera, y él fue retrocediendo, momento en el que ella cayó al suelo. El hombre aprovechó para llamar a su hija a Alemania. Cuando salió del servicio, allí estaba la Policía.

El juez estima que hay dudas de que la denuncia no sea espuria, debido a la crisis matrimonial por haber iniciado el hombre una nueva relación. En la demanda de divorcio, la propia mujer indica que esa nueva relación es "una continua humillación para ella, incapaz de soportarla", y la ha sumido "en un profundo estado de angustia, hasta el punto de tener que precisar tratamiento médico y psicológico". En cuanto a la verosimilitud de la denuncia, el juez hace referencia a la ausencia de lesiones, "ni siquiera un simple enrojecimiento". Finaliza indicando que, "confrontadas las dos versiones, no puede atribuirse a la de cargo un crédito superior a la de descargo, por lo que cualquier conclusión a la que se pudiese llegar sobre la forma en que ocurrieron los hechos sería fruto de la intuición personal del juzgador, elemento este que no es válido para fundamentar una sentencia condenatoria".