El Tribunal Supremo ha zanjado un largo pleito por el que estaban acusados de estafa los propietarios asturianos de una escultura de Salvador Dalí, en concreto "Dios Solar emergiendo de las aguas de Okinawa". El Supremo, como ya había hecho en 2008 la Audiencia de Barcelona, ha ratificado que no hubo engaño en la venta de la citada escultura del creador catalán pactada por su dueño asturiano con un comité regional japonés.

La causa gira en torno a la escultura "Dios solar emergiendo de las aguas de Okinawa", una obra que se expuso en el pabellón español de la Exposición Oceánica Internacional que se celebró en 1975 en Okinawa (Japón) y con la que el artista pretendió rendir tributo a los muertos en el Pacífico durante la Segunda Guerra Mundial.

En 2008, con el objetivo de dar a conocer la citada obra en Japón, se creó el Comité Okinawa, que se puso en contacto con el propietario de la escultura, y concertó una entrevista con él en su residencia del Palacio de Labra, en Cangas de Onís (Asturias). Allí los japoneses tuvieron ocasión de ver la escultura y de examinar el certificado firmado por Salvador Dalí en forma de pergamino, que tiene un recuadro con la letra E, así como otra documentación que avalaba su autenticidad.

Acordaron alquilar la obra para una exposición denominada "Dalí, Okinawa y el mar" y, ante el éxito de la muestra, celebrada en el verano 2008, decidieron adquirirla para exponerla de forma permanente en Japón. Entonces el precio se fijó en 600.000 euros y el Comité llegó a pagar algo más de 372.000, pero en julio de 2009 desde el país asiático se escribía al dueño y a su representante para comunicarles que habían concluido que la obra remitida a Okinawa no era la que estuvo expuesta en la Exposición de 1975, por lo que reclamaban el dinero ya abonado, además de daños y perjuicios.

El litigio acabó en los tribunales y los japoneses, que perdieron la causa en la Audiencia de Barcelona, ven ahora cómo el Supremo tampoco avala sus argumentos.

El Supremo considera que la Audiencia valoró de forma razonada las declaraciones de los acusados y las pruebas testificales y periciales que se aportaron y que de ello sacó una conclusión: no existió por parte de los acusados "engaño alguno".

La obra expuesta en 1975 era de plata, llevaba corales auténticos y además de la firma de Dalí tenia grabada la letra E. Como sufrió daños al regresar a España, se sustituyó la base de la escultura, que había sido realizada en resina plástica, por un mar realizado en bronce; y los corales que estaban adheridos a la escultura tuvieron que ser sustituidos.

"La escultura objeto de autos cumple los requisitos para ser considerada como una escultura auténtica de Dalí ya que cumple las especificaciones técnicas del artista" y "todos los indicios parecen avalar que la obra objeto de autos es la misma que viajó a Okinawa en el 75", sentenció la Audiencia de Barcelona.

Este tribunal tendrá que dar ahora otro paso, ya que determinó que el Comité Okinawa quedara como depositario provisional de "Dios solar" mientras la sentencia no fuera firme, momento que ya se ha alcanzado.