El colectivo LGTBI urge al Principado a aprobar su propia legislación trans

Los detractores de la ley estatal aprobada esta semana advierten de su "insensatez" y vaticinan serios problemas y arrepentimientos

Una joven, con la  bandera trans pintada en la cara. | EFE

Una joven, con la bandera trans pintada en la cara. | EFE

A. R. / E. F.-P.

La aprobación de la ley trans, que debe proteger los derechos de las personas transexuales y del colectivo LGTBI, ha hecho que sus partidarios y sus detractores se enroquen y se reafirmen en sus argumentos. Lo que unos celebran por equiparar a España con los países más avanzados para los otros es "insensatez" y fuente de futuros arrepentimientos. En Asturias, las asociaciones vinculadas al colectivo LGTBI y una significativa parte del movimiento feminista urgen al Principado a aprobar con celeridad una ley trans autonómica.

Ángeles Fal, portavoz del colectivo Llar Trans y madre de una joven trans, espera que la ley estatal sirva para que "la gente deje de creer que hay algo malo en ser trans: es solo una vivencia". "Ya solo podemos esperar que los jóvenes trans tengan un futuro igual que si fuesen cisgénero", añadió. Fal confía en que el Principado se ponga las pilas para redactar una ley autonómica –"Somos "los únicos que no la tenemos junto con Castilla León", indicó–. "Necesitamos desarrollar la ley para que se deje de tratar sanitariamente a las personas trans en un gueto, en Avilés, y les permitan acceder a los servicios de endocrinología, de psicología... como al resto de las personas asturianas. También para que en los colegios se puedan integrar esos niños y niñas que tienen una identidad sexual que no coincide con la que les están asignando", explicó.

Nagore Goicoechea, estudiante de Psicología en Oviedo, ha experimentado en primera persona un proceso de "detransición", en diciembre intervino como ponente en las jornadas que el PP organizó en torno a la ley trans en el Congreso. La joven considera que "era evidente" que la ley se iba a aprobar. "La presión mediática y política ha sido inmensa. Los intereses económicos y farmacéuticos, al igual que los deseos individuales, han superado la necesidad de las personas a su protección", opinó. "Los países que nos sacan ventaja predicen lo que pasará aquí: las demandas de las chicas a las que han animado a pensar que su única solución era la transición, y se dieron cuenta tarde de que no; los hombres que van a parasitar los espacios femeninos, desprotegiéndonos a nosotras; las trampas en los deportes, siendo victoriosos, a partir de ahora, los machos en categorías femeninas...", enumeró. "Lo que más me preocupa es el adormecimiento social: que nadie se atreva a tener una voz disidente,", se lamentó.

Desde la Plataforma Feminista de Asturias manifesaron su apoyo "a la causa LGTBI+". "Entendemos los derechos LGTBI+ como parte de la lucha feminista", subrayaron. De hecho, Xega, la asociación creada a principios de los 90 para defender los derechos de ese colectivo en Asturias, forma parte de la Plataforma junto a otras organizaciones. En la Plataforma consideran "imprescindible" la ley trans "para un país que presume de democracia: los derechos por fin son iguales para todas, todas son personas que deciden por sí mismas"."Tenemos esperanza de que su aprobación suponga un incentivo para que también la ley autonómica sea aprobada y de este modo se blinden los derechos LGTBI+ ante posibles cambios por los resultados electorales", agregaron.

José Errasti, profesor de Psicología de la Universidad de Oviedo y autor del libro "Nadie nace en un cuerpo equivocado", hace una valoración negativa de la ley trans. "Parte del supuesto de que el sexo es un aspecto personal que cada persona puede libremente elegir y a partir de una idea tan insensata como esa se derivan mil problemas y mil errores", señaló. "En el ámbito de la intervención psicológica, se derivan graves errores desde el momento en que el clínico queda obligado a aceptar la valoración que la persona hace de sí misma y obligado por ley a realizar un tipo de terapia afirmativa que no tiene el suficiente apoyo científico", agregó. "Muchísimos jóvenes, en su inmensa mayoría chicas van a tomar de forma prematura la decisión de iniciar una transición médica, farmacológica, quirúrgica, a la que nadie se va a poder oponer. Las cifras indican que en la última década, incluso menos, se ha multiplicado por 30, 40, 50 el número de chicas entre los 10 y los 14 años que declaran que en realidad son chicos y que exigen que el sistema médico les empiece a hormonar, a administrar bloqueadores de la pubertad... En la mayor parte de los casos es una decisión equivocada", advirtió.

Una ley en 67 artículos que empieza por el DNI

La norma que acaba de recibir su impulso final lleva prendidas muchas novedades, como que las terapias de conversión son penadas como tortura o que se incorporan contenidos en diversidad sexo-afectiva desde Primaria

La ley trans y sus 67 artículos son una realidad. Aunque falte su publicación en el BOE. Y más allá del debate sobre la autodeterminación de género, es decir, su cambio de sexo legal sin requisitos médicos –especialmente entre los menores de edad–, se trata de una norma integral con medidas y alcance en muy distintos ámbitos para «desarrollar y garantizar los derechos de las personas lesbianas, gais, bisexuales, trans e intersexuales erradicando las situaciones de discriminación». 

Aquí van las principales novedades:

1. La autodeterminación de género. 

Nunca más, dicen desde el Ministerio, «se exigirá un diagnóstico médico para acceder al cambio registral del sexo». Es decir, que las personas trans podrán modificar su sexo legal en el Registro Civil y el DNI sin someterse a intervenciones médicas. Hasta ahora, debían aportar un diagnóstico de disforia de género y haber pasado dos años de hormonación. 

Los mayores de 16 años podrán hacerlo sin requisitos; los que tienen entre 14 y 16, con el consentimiento de sus progenitores; y entre 12 y 14, con aval judicial. Los menores de 12 años no podrán cambiar de sexo. 

Este procedimiento de reconocimiento se hará mediante un sistema de doble comparecencia en un plazo máximo de cuatro meses (para los mayores de edad, y también para las que tengan edades comprendidas entre los 16 y los 18 años). Una vez solicitado, se citará a la persona a una comparecencia para que manifieste su voluntad y en el plazo máximo de tres meses deberá volver a reiterar la petición. 

La reversibilidad será posible una vez transcurridos seis meses. Hasta dos veces. Una tercera vez ya solo será posible por vía judicial. Además, la ley no permite que el cambio pueda llevarse a cabo con el objetivo de eludir una condena por violencia de género.

Asimismo, las personas trans migrantes podrán cambiar los documentos expedidos en España si en su país de origen no tienen garantizados sus derechos.

2. ¿Cómo es el proceso con los menores? 

Los menores que tienen entre 12 y 14 años requieren autorización judicial para cambiar de sexo. El expediente deberá acompañarse de documentos o testimonios que acrediten que su transexualidad es «estable». El juez le citará a comparecencia, a sus representantes y a quienes estime oportuno, y podrá pedir las pruebas que crea necesarias. Lo que sí pueden hacer los menores de 12 años es cambiar su nombre en el Documento Nacional de Identidad (DNI) y tendrán derecho a que todas las administraciones, empresas y personas físicas expidan sus documentos según su nueva identidad.

3. Las parejas de mujeres ya no deberán casarse para ser reconocidas como madres. 

Se equiparan las parejas de mujeres a las parejas heterosexuales en cuanto al derecho de filiación de su descendencia. Hasta la entrada en vigor de la nueva ley, para que el hijo o hija de una pareja de lesbianas o bisexuales con pareja mujer conste como hijo de ambas en el Registro Civil se exige que estén casadas. Si no lo hacen –cosa que no ocurre con las parejas heterosexuales– la única opción de la madre no biológica es adoptar a la criatura. El nuevo texto acaba con esta discriminación.

4. Prohibidas las terapias de conversión. 

Quedan erradicadas, dicen desde el Ministerio, «las falsas terapias de conversión, aunque cuenten con el consentimiento de las personas interesadas, al ser consideradas meras torturas, carentes de cualquier base científica».

El texto considera una infracción «muy grave», con multas previstas de entre 10.000 y 150.000 euros, la promoción o realización de las llamadas terapias de reconversión que persiguen cambiar la orientación sexual o identidad de género de una persona. Esta prohibición ya está recogida en muchas leyes autonómicas (ley que solo Asturias y Castilla-León tienen sin desarrollar). La norma prohíbe conceder fondos públicos a personas o entidades que inciten la LGTBIfobia.

5. Prohibición de las cirugías a niños intersexuales. 

Por primera vez a nivel estatal se protegen los derechos de las personas intersexuales y eso supone que se prohíben las cirugías no imprescindibles a personas intersexuales hasta los 12 años. Es decir, que no se podrán hacer las cirugías a menores de 12 años que nacen con características sexuales que no encajan con la morfolología binaria macho-hembra y que en ocasiones se realizan para hacerles encajar en un sexo u otro. La ley también recoge la posibilidad de que los progenitores soliciten «de común acuerdo» que la mención relativa a su sexo «figure en blanco» durante un año.

6. Servicios de atención a la salud. 

La nueva ley incluye que las administraciones deberán garantizar que todas las estrategias y planes incluyen a las personas LGTBI e impulsar la formación de los sanitarios en diversidad. Además, obliga a que haya protocolos específicos para la atención de las personas trans e intersexuales que no patologicen ni discriminen. Sanidad también debe garantizar el abastecimiento de los medicamentos empleados en los tratamientos hormonales y supervisar su suministro. No recoge el texto que los tratamientos hormonales deban formar parte de la cartera básica de servicios, ya incluidos en las comunidades que tienen legislación propia.

7. Diversidad en las aulas y planes de igualdad. 

El nuevo texto recoge que se incorporarán los contenidos en diversidad sexo-afectiva en los currículos en las diferentes etapas educativas, en las universidades y también en las formaciones de docentes, sanitarios y juristas. Los menores trans deberán ser tratados «conforme a su identidad» y eso incluye que los menores de 12 años sean reconocidos con el nombre elegido por ellos. Y se deberán impulsar protocolos de acompañamiento al alumnado trans y contra el acoso. Serán consideradas infracciones muy graves los contenidos educativos discriminatorios en los libros de texto o en los materiales didácticos educativos y, salvo que lleguen a ser delito y se deriven a la vía penal, también los actos de acoso. Las infracciones leves, como insultos o mensajes discriminatorios, podrán ser sancionadas con cantidades de 200 a 2.000 euros. La ley también obliga a que las empresas de más de 50 trabajadoras cuenten con «un conjunto planificado de medidas» para garantizar la igualdad de las personas LGTBI.

 Y en el plano sancionador se considera grave, por ejemplo, no contratar a una persona por su orientación sexual. Se podrán imponer multas de hasta 10.000 euros.

8. Apoyos a las víctimas. 

La ley estipula que se deberá garantizar «una atención integral» a las víctimas de LGTBIfobia con información sobre derechos y recursos, asistencia psicológica y orientación jurídica. Se han eliminado del texto las referencias a la violencia intragénero, la que ocurre en el ámbito de las parejas del mismo sexo. Finalmente, las víctimas de violencia doméstica podrán solicitar «la reordenación de su tiempo de trabajo, la movilidad geográfica o el cambio de centro de trabajo», sujetas a las posibilidades organizativas de la empresa.

9. ¿Qué medidas incluye para evitar que las mujeres sean perjudicadas? 

El Gobierno incluyó dos disposiciones para evitar que «la rectificación de la mención registral altere el régimen jurídico» que con anterioridad al cambio fuera aplicable a la persona en violencia de género. O sea, que ningún hombre acusado podrá declararse mujer con el fin de eludir la ley. 

El interesado no podrá «ser beneficiario de las medidas de acción positiva» a favor de las mujeres contempladas en la ley de igualdad. En cuanto a las cárceles y al peligro de que hombres que han transicionado a mujeres agredan a las internas, la ley no modifica el funcionamiento de los centros penitenciarios que desde hace años se rigen por una instrucción que permite a las personas trans ingresar en el módulo correspondiente a su identidad de género.

10. ¿En qué legislación se basa la ley? 

La Organización Mundial de la Salud dejó de considerar la transexualidad como una enfermedad en el 2018 y la ONU ha defendido que los países implanten métodos «rápidos, transparentes y accesibles» para reconocer legalmente el género autodeterminado de cada persona. A su vez, la Comisión Europea, en su estrategia LGTBI, ha apostado por implementar legislaciones de reconocimiento de género «basado en el principio de autodeterminación, sin restricciones de edad». Siguiendo estas directrices, hasta ahora 15 países han aprobado legislaciones parecidas a la «ley trans», no sin controversia, mientras que en España 15 comunidades ya reconocían la autodeterminación de género para emitir documentos como la tarjeta sanitaria, sin haber encontrado por el camino una gran oposición.

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