Crisis climática

Luz verde de la Eurocámara al recorte de emisiones en industria y cría intensiva de pollos y cerdos

La nueva legislación ajustará ciertos umbrales para la cría de animales, que abarca a las explotaciones intensivas con 300 cabezas para cerdos y 280 para aves de corral y 350 animales para granjas mixtas

Una imagen de una granja de cerdos.

Una imagen de una granja de cerdos. / EP

EFE

El Parlamento Europeo aprobó este martes la normativa comunitaria que fija nuevas normas para reducir las emisiones contaminantes de la industria en la Unión Europea, incluidas las que generan la minería y la ganadería intensiva de aves y porcino.

La revisión de la Directiva de Emisiones Industriales fue aprobada por 393 votos a favor, 173 votos ne contra y 49 abstenciones y aún tendrá que ser adoptada por el Consejo para que adquiera carácter oficial.

La normativa constituye el principal instrumento de la Unión Europea para regular la contaminación de instalaciones industriales y agroindustriales con sustancias como óxidos de nitrógeno, amoniaco, mercurio, metano y dióxido de carbono, que deberán obtener permisos de emisión de los Estados miembros, siembre que cumplan con los requisitos exigidos.

"Para combatir la escasez de agua, los objetivos de rendimiento ambiental serán obligatorios para el consumo de agua. Para los residuos, la eficiencia de recursos, la eficiencia energética y el uso de materias primas, los objetivos estarán dentro de un rango y para las nuevas técnicas, serán indicativos", precisó el Parlamento Europeo en un comunicado.

La revisión de la Directiva de Emisiones Industriales incluye también la modernización del portal de emisiones (E-PRTR) para que sea más completo e integrado, un registro cuya actualización fue aprobada con 506 votos a favor, 82 en contra y 25 abstenciones y afectará a los países de la UE, Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza, Serbia y el Reino Unido.

Ese registro afecta a unas 35.000 instalaciones industriales, que abarcan 65 actividades económicas, y 91 sustancias contaminantes o aceleradoras del cambio climático como metales pesados, pesticidas, gases de efecto invernadero y toxinas.

Ganado y minería

La nueva legislación ajustará ciertos umbrales para la cría de animales, que abarca a las explotaciones intensivas con 300 cabezas para cerdos y 280 para aves de corral (300 si son gallinas ponedoras) y 350 animales para granjas mixtas, con normas que se aplicarán de manera progresiva a partir de 2030 y empezando con las granjas más grandes.

Quedan exentas las granjas extensivas y la cría de animales para uso doméstico y la directiva tampoco cubre las explotaciones de vacuno, lo que ha generado críticas de organizaciones ecologistas, ya que la cría de animales de granja es responsable del 54 % de las emisiones de metano, principalmente del vacuno.

La revisión normativa afecta también a la extracción y tratamiento de minerales no energéticos producidos a escala industrial, como hierro, cobre, oro, níquel y platino y abre la puerta a incluir otros minerales industriales si la Comisión Europea hace una propuesta en ese sentido.

La revisión contempla una cláusula para que la Comisión revise y evalúe la implementación de la directiva cada cinco años, empezando en 2028, mientras que en 2026 el Ejecutivo comunitario tendrá que evaluar la mejor manera de abordar las emisiones generadas por la cría de ganado y por los productos agrícolas colocados en el mercado de la UE.

La nueva normativa introduce también el concepto de "valores límite del rendimiento ambiental" (EPLV, por sus siglas en inglés), que deben "establecer las autoridades competentes en el permiso para autorizar el establecimiento y funcionamiento de instalaciones".

Los "rangos" de esos valores serán vinculantes para todos los recursos energéticos excepto el agua, que contará con "objetivos" vinculantes, y se aplicarán solo de forma indicativa para las "técnicas emergentes".

Sanciones y compensaciones

La revisión insta a los Estados miembros a establecer "sanciones efectivas, proporcionadas y disuasivas para aquellos que infrinjan las medidas adoptadas para implementar la directiva", multas que deben tener en cuenta "la gravedad y duración de la infracción, si es recurrente y las personas y el medioambiente afectados".

En el caso de las infracciones más graves, las sanciones deberán ser de al menos un 3 % de la facturación anual del operador en la UE.

Las capitales también tendrán que velar por que las personas tengan derecho a reclamar una compensación "cuando se haya producido un daño a su salud como resultado de una violación de las normas nacionales que transponen la directiva".