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La criminología "verde"

Una reflexión sobre la investigación de delitos contra el medio ambiente a raíz de la situación de Diasa Pharma en Turón

Para finalizar el año, LA NUEVA ESPAÑA, en su edición del 31 de diciembre de 2018, publicaba un artículo de David Montañes en su sección Las Cuencas, cuyo titular era; "La Guardia Civil alerta: Diasa, expoliada, tiene fármacos al alcance 'de cualquiera'". Hacía referencia a un informe realizado por la Guardia Civil, en el que se detallaban los peligros que entrañan las actuales condiciones de la industria farmacéutica ubicada en Turón y abandonada tras su cierre.

Estamos muy familiarizados con el término criminología, pero no son pocas las personas que aún desconocen el alcance de estos estudios y en ocasiones confunden a los criminólogos con la labor policial de persecución y detención del delincuente tradicional, sin saber que esta "nueva" ciencia que hoy se imparte como Grado Universitario tiene un alcance bastante mayor que el proyectado por las series de televisión. Dentro de la Criminología surgen nuevas ramas desde los años 90 del siglo pasado, que centran su interés en el estudio de los delitos cometidos contra el medio ambiente y los daños causados por la acción u omisión de conductas antijurídicas o simplemente antisociales, penadas o no por nuestras leyes. Las conductas desviadas no están siempre tipificadas en nuestros códigos punitivos, y en muchas más ocasiones de las que creemos generan víctimas invisibles, los delitos contra el medio ambiente son buena prueba de ello.

En el marco descrito por la Guardia Civil (informe sobre las instalaciones abandonadas de la Industria Farmacéutica Diasa- Turón), la Criminología Verde busca semejanzas, para su tratamiento, con los delitos de cuello blanco o "Dirty Collar Crime", dada la dimensión global o transnacional de las organizaciones que los comenten. Si la criminología se encarga del estudio del delito, del delincuente, de las víctimas, del control social y de la prevención de la delincuencia, en el escenario descrito tenemos todos y cada uno de los elementos que componen el objeto de estudio de esta ciencia.

Al hablar de delito ambiental, tenemos claro que no podemos circunscribirnos solamente a la definición legal de delito contra el medio ambiente, pues en muchos casos los daños ocasionados a la naturaleza resultan de una actividad lícita y no son constitutivos de infracción penal por la sutileza terminológica que distingue unas conductas de otras.

En cuanto al delincuente, no hablamos de un malhechor al uso, casi nunca de personas físicas, sino jurídicas. La aplicación del pensamiento criminológico a estas cuestiones ambientales, hacen pensar inmediatamente ante qué clase de transgresor nos encontramos. El problema planteado tiene un origen público. Son personas que operan o han operado con fondos europeos, en este caso concreto con fondos mineros, y su actividad ha dejado una huella que se traduce en un daño social de larga exposición. Sin embargo, pese a la violación de las normas, estos delincuentes son a menudo olvidados por el sistema de Justicia, civil y penal.

La victimología en estos casos tiene sus peculiaridades. El propio delincuente sufre sus propias consecuencias, ambivalencia que no se da en muchas infracciones, es decir, abarca las dos dimensiones del delito, autor y víctima. Comete el acto delictivo contra el medio ambiente y soporta sus secuelas. La víctima se caracteriza por su invisibilidad, la mayoría de las veces no se identifica el daño con facilidad ni al instante. En muchas ocasiones no sabemos ni el número exacto de afectados. Y ha de pasar tiempo hasta que observamos el perjuicio causado. La víctima no es sólo una persona, existen muchas víctimas indirectas porque el victimario afecta a la colectividad, y los daños, como decimos, no son inmediatos. No hablamos de una víctima de clase, sino social, pero en la que sí influyen la desigualdad de los recursos, que inevitablemente nos lleva a una desigualdad en el riesgo y donde los efectos son mayores cuanto mayor es la marginalidad de la población.

Uno de los mayores problemas de la criminología verde es el victimario. Cuando es una entidad o persona jurídica la que comete el delito, la cosa se complica. El control social formal que se ejerce sobre quien degrada o destruye el medio ambiente, está en manos del legislador a través de la elaboración de las leyes. Tras los delitos medioambientales están los poderosos, corporaciones, grupos industriales que influyen en la economía nacional y por ende en el Estado. Empresas con grandes y eficaces gabinetes jurídicos que amoldan a la perfección las leyes para no ser sancionadas. El comportamiento de estas atiende a la Teoría Racional del delito (coste-beneficio) y a la Teoría de la Neutralización con la que tratan de minimizar los daños de su comportamiento argumentando que pueden ejercer su propio control sin ningún tipo de fiscalización y que la regulación ambiental es mala para los negocios. Se utiliza el término "Cumplimiento Creativo" para referirse a la utilización que se hace de la ley. Así, si la legislación de un país es excesivamente rigurosa para las empresas y estas se ven obligadas a modificar sus estructuras para adaptarse a la normativa, buscaran otros lugares o "Paraísos de Contaminación" para realizar sus inversiones.

Este tipo de delincuencia corporativa comete delitos vinculados a la motivación y la oportunidad dentro de un entorno político, social y cultural apropiado, donde en ocasiones falsean sus conductas ilícitas promoviendo campañas que hacen creer a la población en las bondades de su actividad empresarial, haciéndola aceptable. Un comportamiento denominado "Greenwashing" (lavado verde) que les permite ocultar la peligrosidad que ellas mismas representan para el medio ambiente o para las personas, consiguiendo que esta pase inadvertida. En ocasiones es la propia comunidad quien acaba socializando esa subcultura criminal del "ecocidio" a cambio de mantener una estructura empresarial en la zona que evite enfrenarse al desempleo.

Finalmente nos queda la Prevención como último objeto de estudio de la Criminología, en este caso de la "Green Criminology", término empleado por Lynch en 1990 para la publicación de su obra "The Greening of Criminology". Es la estrategia más adecuada para proteger el medio ambiente, pues la mayoría de las veces si se produce un daño este ya suele ser irreparable.

Las acciones preventivas tratarán de evitar que las industrias o asociaciones empresariales mantengan un comportamiento inadecuado con el medio ambiente, como es el caso de Diasa, y para su consecución además de la responsabilidad corporativa se ha de concienciar a los Estados sobre legislaciones medioambientales a largo plazo que garanticen la sostenibilidad económica.

El papel de los controles informales que ejercen las asociaciones o el propio ciudadano es imprescindible para conseguir estos objetivos. Concienciar y movilizar a la sociedad contra este tipo de delitos es fundamental.

La Criminología Verde trabaja estos campos de investigación, se interesa por los tradicionales delitos contra el medio ambiente, por los daños sociales ocasionados por la contaminación, por la creación de programas que vigilen la conservación del medio. Asimismo, investiga las críticas que acusan a las ONGs de estar al servicio de los Estados o influenciadas por empresas que las patrocinan. Uno de los retos de la Criminología Verde es precisamente la Investigación de las relaciones sobre Empresas-Grupos de presión-Estados y ONGs.

Esta labor criminológica tiene su respaldo legal en numerosa normativa internacional, europea o nacional. El artículo 45.1 de nuestra Carta Magna señala que; "Todos tienen derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de su persona, así como el deber de conservarlo". Y la Carta Europea de Derechos Fundamentales reconoce expresamente un conjunto de derechos personales y sociales de los ciudadanos, entre otros, donde se señala en su Capitulo IV la protección del medio ambiente.

Son derechos humanos en los que algunos autores incluyen el derecho al medio ambiente como derecho de tercera o cuarta generación y añaden conceptos como el de la bioética.

Simetrías

Si hablamos pues de las abandonadas naves industriales que Diasa Pharma dejó en Turón y su expoliación, no hablamos sólo de un delito contra el medio ambiente, encontramos simetrías con la delincuencia de cuello blanco o "Dirty Collar Crime" hablamos de víctimas invisibles, de un victimario olvidado al que se le exime de responsabilidad, de la vulneración de derechos humanos, de infringir la "bioética" entendida esta como conducta dedicada a respetar la vida humana, al resto de seres vivos y al medio ambiente. Hablamos de estar negándole a la población unas condiciones aceptables de vida para el desarrollo de su presente y sostenibilidad de su futuro.

Y como para todo examen de un crimen, sea este contra personas, otros seres vivos o ecosistemas, se ha de partir del análisis de hechos concretos, del contexto en que se comete, del estudio de la victimología, de la investigación multidisciplinar, así como del abordaje y tratamiento que todo ello requiere para su sanción y futura prevención. Los criminólogos del siglo XXI trabajarán en las instancias más variadas de la esfera social, económica o institucional. No hablaremos sólo de ellos cuando lo hagamos de policías contra malhechores. Los criminólogos tienen una gran labor de investigación por delante, en Reino Unido ya trabajan para las fuerzas policiales sin pertenecer necesariamente a ellas, hacen labores de mapeo de la delincuencia, análisis de la problemática delictiva, realizan programas de respuesta policial, etc. Son los grandes analistas del crimen.

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