Oviedo, Félix VALLINA

Después de cuatro años y medio trabajando como funcionarios, 27 trabajadores del Principado de Asturias podrían quedarse sin empleo. El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que anula una oposición al Cuerpo de Ingenieros Técnicos Agrícolas convocada por el Gobierno regional en el año 2008, al considerar que el procedimiento no fue lo suficientemente «transparente». La resolución del Supremo obliga a repetir las pruebas que se efectuaron para elegir a los funcionarios y deja sin efecto los nombramientos a la espera de otro proceso de selección.

La sentencia sale a la luz tras las denuncias de una opositora que se presentó a los exámenes y no consiguió plaza. M. J. R. F. considera que a la hora de realizar las diferentes pruebas se incumplieron los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, al no haberse seguido los criterios de calificación fijados en las bases de la convocatoria. «A la hora de puntuar las pruebas, el tribunal otorgó calificaciones globales a cada concursante, de modo que no se pudieron controlar los criterios aplicados para decidir las personas que consiguieron el trabajo. Lo que deberían de haber hecho, y no hicieron, es que cada uno de los miembros del tribunal puntuase individualmente cada pregunta de las pruebas para justificar la decisión y que los opositores pudiesen reclamar», asegura Federico Fernández, el abogado de M. J. R. F.

El escrito del Supremo le da la razón al letrado y refleja que «no se han seguido los criterios de evaluación establecidos en las actas y, por tanto, no pueden explicarse en términos aceptables las puntuaciones cuestionadas por la recurrente, tanto las otorgadas a ella como al resto de los opositores». La sentencia recoge además que «no resulta aceptable que la simple unanimidad de los miembros del tribunal en la asignación global de puntuaciones baste para dar adecuada respuesta a los criterios que las actas establecieron». Según sentencia del Supremo, «esa globalidad deja en una situación de absoluta opacidad las razones de las evaluaciones unánimes, que en su propia unanimidad, y dada la existencia de decimales en las puntuaciones, resultan incluso difícilmente verosímiles».

A la oposición se presentaron inicialmente 214 personas. El primero de los ejercicios lo pasaron 49, y el segundo, 27, los mismos que lograron superar el tercero. La sentencia del Tribunal Supremo obliga ahora a repetir la calificación de la primera de las pruebas y a convocar nuevos exámenes para la segunda y la tercera. La resolución destaca que existió una «vulneración del deber de transparencia en la calificación de los opositores aprobados en el primero y segundo ejercicios» y advierte de que los tribunales de este tipo de oposiciones deben de explicar correctamente los criterios empleados a la hora de valorar a las personas que se presentan.

La decisión del Supremo podría traer consigo «la anulación de multitud de oposiciones realizadas en Asturias en los últimos años», sostiene el letrado Federico Fernández. Según asegura, «lo habitual en el Principado de Asturias es el otorgamiento de puntuaciones globales sin cumplir con este parámetro de transparencia», por lo que, en su opinión, «no sería extraño que alguien más recurriese».